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El médico recurrirá la sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia

Mustafa no sufrió acoso laboral, según el Juzgado de lo Social


Primer fallo. Mustafa ha perdido el juicio por Œmobbing´

El juez, José Antonio Buendía, advierte de que las deterioradas relaciones entre el facultativo y el resto de personal perjudican a los ancianos residentes

J.B..Ciutadella

Hamdi Mustafa ha perdido el primero de los diversos juicios que ha promovido o que deberá afrontar como demandado. En este caso, el titular del Juzgado de lo Social de Menorca, José Antonio Buendía, sentencia que no ha existido acoso laboral en contra del médico del Geriátrico municipal por parte de la gerente, Pilar Gonzalo. Después de detallar punto por punto el contenido de la demanda, y afirmar que ninguno de ellos ha sido probado por el demandante, concluye con un único hecho contrastado, y no sólo en este procedimiento: existe una deteriorada relación entre Hamdi Mustafa y el resto de personal del Geriátrico, lo que, en palabras del juez, "está menoscabando la calidad del servicio y atenciones que precisan los residentes del hospital que, nadie debería olvidarlo, están internos porque son ancianos que tienen dificultades para valerse por sí mismos". El juzgador va más allá: "la demandada (la gerente del Geriátrico) debió, en el ejercicio de su responsabilidad, ejercitar su poder disciplinario, cosa que no hizo, quizá, como señaló el concejal responsable, porque esperaba que la cosa se arreglara Œpor las buenas´. Ahora bien, esta actitud pasiva no convierte al Patronato en acosador".

El abogado de Hamdi Mustafa, Jaime Bueno, aseguró ayer que recurrirá la sentencia ante la sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Balears. El propio médico indicaba que "llegaremos hasta Estrasburgo, si es necesario". Bueno lamentaba que "ni el Patronato ni el Ayuntamiento hayan investigado las denuncias presentadas por Hamdi porque son temas que afectan a los residentes".

La gerente del Geriátrico, Pilar Gonzalo, comentó ayer que "ha quedado en evidencia que nada de lo denunciado es cierto". También expresaba su satisfacción "porque se demuestra que no he acosado a este trabajador" y su alivio por la presión que había sentido debido a la presencia del conflicto en los medios de comunicación.

La sentencia refleja la densidad de un asunto que motivó seis horas de juicio oral. El juez José Antonio Buendía recoge, además de una extensa jurisprudencia sobre el ascoso moral en el trabajo, cada uno de los motivos planteados en la demanda, para concluir que no hay causa de Œmobbing´, porque no hay ni pruebas ni indicios que la avalen.

El juez dedica un apartado de la exposición de hechos a recoger una felicitación al médico y una larga lista de quejas de familiares y de trabajadores, incluyendo la denuncia por acoso sexual contra Hamdi Mustafa, que provocó una orden de alejamiento el 3 de enero.

El juez considera que el médico del Geriátrico no fue excluido de reuniones; no se le impidió la visita de familiares; no propuso la compra de material preventivo; no sufrió discriminación ni en material informativo, ni en la cesión de revistas, ni en la cena de Navidad; no se le retiraron competencias que antes ejerciera; ni se le ha ocultado información sobre las visitas a médicos especialistas. En definitiva, el titular del Juzgado de lo Social de Menorca concluye que ni uno sólo de los quince motivos que Hamdi Mustafa presentó para demandar a Pilar Gonzalo por acoso moral en el trabajo tienen base suficiente para estimar la demanda. De esta forma, se resuelve este nuevo conflicto judicial.


Expediente de una sola causa


.El Ayuntamiento sigue con la tramitación del expediente disciplinario que motivó la suspensión temporal de empleo de Hamdi Mustafa como médico del Geriátrico. No podía ser de otra forma, porque el Juzgado dictó, el 3 de enero, una orden de alejamiento contra Mustafa por un presunto delito de acoso sexual. La misma trabajadora presentó una reclamación laboral por la misma causa ante el Patronato. El expediente disciplinario es, por tanto de carácter laboral, y recogerá únicamente la denuncia por acoso de una empleada del centro municipal. Las quejas de familiares de residentes o de otros trabajadores no forman parte del expediente.


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