La Seguridad Social confirma que las amas de casa ya pueden pedir una nueva pensión de jubilación: requisitos y cómo solicitarla

Las personas dedicadas a las tareas domésticas que no alcanzaron el mínimo de cotización pueden acceder a una prestación de 517,90 euros mensuales

Elma Saiz, ministra de Inclusión y Seguridad Social.

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Las personas que han dedicado su vida al cuidado del hogar familiar, tradicionalmente conocidas como amas de casa, realizan un trabajo fundamental pero históricamente invisible desde el punto de vista de la Seguridad Social en España. Esta labor, esencial para el sostenimiento familiar, no siempre ha ido acompañada de una cotización que garantice una jubilación digna. Sin embargo, existe una solución para quienes se encuentran en esta situación.

El sistema de protección social español contempla una alternativa para estas personas a través de las pensiones no contributivas, que representan una red de seguridad para quienes llegan a la edad de jubilación sin haber generado el derecho a una pensión contributiva convencional. Esta prestación, gestionada por la Seguridad Social, se configura como un recurso vital para miles de ciudadanos que han trabajado arduamente en el ámbito doméstico.

Durante 2024, el importe anual establecido para estas pensiones asciende a 7.250,60 euros, distribuidos en 14 pagas, lo que supone un ingreso mensual de 517,90 euros. Aunque esta cantidad pueda parecer modesta, constituye un reconocimiento fundamental para un colectivo históricamente desprotegido.

Requisitos específicos para acceder a esta prestación

Para que las personas dedicadas al hogar puedan beneficiarse de esta pensión no contributiva, deben cumplir una serie de condiciones establecidas por la Administración. En primer lugar, es imprescindible haber cumplido los 65 años, edad que marca oficialmente la jubilación en el sistema español. Otro requisito fundamental es el económico: los ingresos anuales no pueden superar los 7.250,60 euros. Esta limitación busca garantizar que la ayuda llegue a quienes realmente la necesitan por carecer de recursos suficientes para su subsistencia.

En cuanto a la residencia, es obligatorio haber vivido en territorio español durante al menos una década, siendo necesario que dos de esos años sean consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. Este requisito asegura un vínculo efectivo con el país y su sistema de protección social.

La situación se vuelve más compleja cuando la persona solicitante convive con familiares, ya que entran en juego límites adicionales relativos a los ingresos conjuntos del núcleo familiar. En estos casos, si la convivencia se produce con familiares en general, los ingresos totales no pueden exceder los 12.326,02 euros cuando son dos convivientes, ascendiendo a 17.401,44 euros para tres personas y a 22.476,86 euros cuando son cuatro los miembros del hogar. Cuando la convivencia incluye hijos, los umbrales económicos son más elevados: 30.815,05 euros para dos convivientes, 43.503,60 euros en el caso de tres personas y 56.192,15 euros cuando el hogar está compuesto por cuatro miembros.

Procedimiento para solicitar la pensión no contributiva

El proceso para solicitar esta prestación se inicia en los servicios sociales de cada Comunidad Autónoma, encargados de tramitar y resolver estas peticiones. La documentación básica requerida incluye el formulario oficial de solicitud, DNI o NIE en vigor, certificado de empadronamiento que acredite la residencia legal en España durante el período exigido y justificantes de los ingresos personales y familiares.

Una vez presentada toda la documentación, la Administración autonómica dispone de un plazo máximo de 90 días para resolver la solicitud. En caso de aprobación, la pensión se abonará a partir del primer día del mes siguiente a la presentación de la solicitud completa.

Es importante señalar que estas prestaciones están sujetas a revisiones periódicas para comprobar que se mantienen las condiciones que dieron derecho a su concesión. Los beneficiarios deben comunicar cualquier cambio en su situación personal o económica que pueda afectar a su derecho a percibir la pensión.

La pensión no contributiva es compatible con determinados ingresos siempre que no superen los límites establecidos. Sin embargo, resulta incompatible con otras pensiones asistenciales, subsidios de garantía de ingresos mínimos, ayudas análogas y con la condición de causante de la asignación familiar por hijo a cargo. En el caso de personas que reciben algún tipo de renta o ingreso, pero por debajo del umbral máximo permitido, la cuantía de la pensión se reducirá proporcionalmente. Esta medida busca adaptar la ayuda a las necesidades reales de cada beneficiario, siguiendo un principio de equidad distributiva.

Aunque las pensiones no contributivas no alcanzan las cuantías de las contributivas, representan un paso importante en el reconocimiento del valor social del trabajo en el hogar. En los últimos años, se han producido avances significativos en esta dirección, como la posibilidad de cotizar voluntariamente a través del Convenio Especial para Cuidadores No Profesionales o las bonificaciones en la cotización para empleadas del hogar.

Según datos oficiales, más de 250.000 personas en España perciben actualmente pensiones no contributivas de jubilación, con una notable predominancia femenina que refleja la tradicional división sexual del trabajo y sus consecuencias en términos de protección social.

Las organizaciones de mujeres y colectivos feministas continúan reclamando medidas más ambiciosas para compensar la brecha de género en las pensiones, proponiendo el reconocimiento retrospectivo de períodos dedicados al cuidado familiar mediante cotizaciones ficticias que aumenten las futuras pensiones contributivas.