Es oficial: Hacienda impone multas de hasta 150.000 euros por movimientos en efectivo sin justificar

La Agencia Tributaria intensifica su control sobre ingresos y retiradas de dinero en efectivo como parte de su estrategia contra la economía sumergida y el fraude fiscal

La secretaria general de PSOE de Andalucía y vicepresidenta primera del Gobierno, María Jesús Montero. | EFE / Julio Muñoz

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La Agencia Tributaria ha confirmado oficialmente que impondrá sanciones de hasta 150.000 euros a quienes realicen movimientos significativos de dinero en efectivo sin la debida justificación. Esta medida forma parte de una estrategia más amplia para combatir la economía sumergida y el fraude fiscal en España, en un contexto donde el uso del efectivo, aunque menos frecuente que el pago con tarjeta, sigue siendo habitual para muchos ciudadanos.

Desde hace varios meses, Hacienda ha reforzado considerablemente sus mecanismos de vigilancia sobre los flujos de dinero en metálico que entran y salen de las cuentas bancarias. El objetivo principal es garantizar la transparencia fiscal y asegurar que todas las transacciones económicas queden debidamente registradas y declaradas. Este endurecimiento de los controles se centra especialmente en las operaciones que involucran cantidades elevadas de dinero que no han sido previamente notificadas o justificadas ante la autoridad fiscal.

La medida llega en un momento en que el debate sobre el futuro del dinero en efectivo cobra relevancia. Si bien la digitalización de los pagos avanza a pasos agigantados, muchos expertos advierten sobre los riesgos de eliminar por completo el dinero físico, como la pérdida de privacidad en las transacciones o la vulnerabilidad ante fallos tecnológicos o ciberataques que podrían paralizar el sistema de pagos.

¿Qué operaciones están bajo vigilancia de Hacienda?

Aunque la Agencia Tributaria no ha establecido un umbral específico para todas las operaciones que requieren justificación, sí existe un marco claro de actuación. Las entidades bancarias están legalmente obligadas a notificar a Hacienda cualquier operación en efectivo que iguale o supere los 3.000 euros. Estos movimientos quedan automáticamente bajo el radar fiscal.

Un aspecto importante que los contribuyentes deben tener en cuenta es que también se consideran sospechosas las operaciones fraccionadas. Por ejemplo, si un ciudadano realiza múltiples ingresos o retiradas de cantidades menores (como 1.000 euros) en días consecutivos o próximos, estas transacciones podrían activar las alarmas de Hacienda, que podría iniciar una investigación para determinar si se está intentando eludir los controles establecidos.

Documentación válida para justificar movimientos de efectivo

Ante este escenario de mayor control, los contribuyentes necesitan conocer qué documentación pueden presentar para justificar adecuadamente los movimientos de efectivo y evitar posibles sanciones. Según las directrices de la Agencia Tributaria, existen varios documentos válidos que permiten acreditar el origen o destino del dinero:

  • Facturas de compra o venta que demuestren la finalidad de la retirada o el origen del ingreso
  • Contratos que acrediten transacciones legítimas como la compraventa de bienes
  • Documentación de herencias recibidas, que justifiquen ingresos puntuales de cantidades importantes
  • Nóminas o justificantes de cobro en el caso de trabajadores que reciben su salario en efectivo
  • Documentos notariales que avalen determinadas operaciones económicas

Régimen sancionador: multas de hasta el 150% del importe

Las consecuencias de no poder justificar adecuadamente el origen o destino del dinero en efectivo pueden ser considerables. La Agencia Tributaria tiene potestad para imponer sanciones que pueden alcanzar hasta el 150% del importe involucrado en la operación no justificada. Esto significa que, en los casos más graves, las multas podrían llegar a los 150.000 euros.

El régimen sancionador se aplica de forma gradual, dependiendo de diversos factores como la reincidencia del contribuyente, la cantidad de dinero no justificada o la posible intencionalidad de evasión fiscal. Las sanciones no solo tienen un carácter punitivo sino también disuasorio, buscando desincentivar prácticas que puedan favorecer la economía sumergida.

¿Cómo afecta esta medida a los ciudadanos de a pie?

La mayoría de los ciudadanos que realizan operaciones habituales con dinero en efectivo no deberían verse afectados por estas medidas, siempre que puedan justificar el origen o destino de los fondos. Las personas que cobran su nómina por transferencia y realizan retiradas periódicas para sus gastos cotidianos no suelen estar en el punto de mira de estas investigaciones.

Sin embargo, aquellos que manejan regularmente grandes cantidades de efectivo por motivos profesionales o personales deberían mantener siempre un registro detallado y la documentación que respalde sus movimientos. Esto incluye a autónomos que cobran en efectivo, comerciantes o personas que realizan compraventas ocasionales de bienes de valor considerable.