Adiós a dormir en el coche: la DGT pone multas de hasta 600 euros por acampar en zonas no habilitadas

Cabe destacar que la entidad distingue entre los conceptos de pernoctar y acampar, contemplando sanciones y reglamentos distintos en ambos casos

En Baleares, las multas pueden ser incluso más severas. | Freepik

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La Dirección General de Tráfico (DGT) ha actualizado su normativa en cuanto al estacionamiento de vehículos para pernoctar, estableciendo multas que pueden llegar hasta los 600 euros para aquellos que se aventuran en áreas no habilitadas para la acampada. Esta medida busca regular una práctica que ha ganado popularidad, especialmente desde el aumento del caravaning en España tras la pandemia.

Diferencias entre pernoctación y acampada

Mientras que la pernocta se permite en cualquier ubicación siempre que el vehículo esté debidamente estacionado, la acampada requiere el cumplimiento de normativas específicas que varían según la localidad. Un vehículo correctamente aparcado para pasar la noche debe tener un seguro vigente y haber aprobado la Inspección Técnica de Vehículos (ITV), eliminando cualquier límite de tiempo para esta práctica.

En cambio, la acampada está sujeta a restricciones basadas en normativas locales, lo que determina el tiempo máximo de estancia permitido. Según el Real Automóvil Club de España (RACE), las infracciones por acampar en áreas protegidas resultan en multas mayores, por lo que es crucial informarse previamente sobre las regulaciones específicas del lugar.

Multas elevadas en Baleares

Las islas presentan un caso particular, donde las multas oscilan entre los 750 y los 1500 euros debido a las zonas de vivienda tensionada. Sin embargo, se considera un eximente cuando las personas utilizan sus vehículos como vivienda permanente y están clasificadas como vulnerables por los Servicios Sociales.