El Estatuto de los Trabajadores lo confirma: el artículo 49 asegura que estos empleados en nómina ya no pueden ser despedidos
Las empresas deberán garantizar la adaptación o reubicación del puesto antes de contemplar la extinción del contrato
Igualmente, se incentiva su contratación con subvenciones nacionales como autonómicas | Foto: Freepik
Palma 19/05/25 4:00
El Consejo de Ministros ha dado luz verde a una histórica modificación del artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores, que supone un antes y después en la protección laboral de las personas con discapacidad sobrevenida en España. Esta reforma, impulsada por la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, responde a los requerimientos del Tribunal de Justicia de la UE y refuerza significativamente los derechos de los trabajadores que desarrollan una gran invalidez o incapacidad permanente.
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Por eso,los que gobiernan no se pueden despedir