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El uso del teléfono móvil al volante y, sobre todo, las sanciones relacionadas con esta infracción lleva años en el punto de mira y, ahora, parece que se endurecen las consecuencias de no cumplir con las normas de tráfico al volante. Con las modificaciones que se han aprobado en Consejos de Ministros relativas al Reglamento de Conducción, la utilización y tenencia de estos dispositivos para estar más vigilada y castigada.

A partir de ahora, utilizar el teléfono móvil al volante va a estar castigado con la pérdida de 6 puntos en el carné de conducir, frente a los 3 que se sustraían anteriormente. Además, tal y como especificó la DGT en su momento, se considerará infracción conducir sujetando el dispositivo en la mano, independientemente de que en ese momento se está realizando una llamada o enviando un mensaje o no se esté utilizando.

Así, en lo relacionado con la sanción, se diferencia a la hora de detraer los puntos la tenencia física del dispositivo: si se sujeta en la mano son 6 puntos pero si no, son solo 3 los puntos que se pierden.

La multa económica que acompañaría a la denuncia por el uso del móvil va a continuar siendo de 200 euros al estar considerada una infracción grave pero no temeraria, supuesto en el cual pasaría a estar sancionada con 500 euros.

El argumento principal que sustenta esta modificación es el propio Reglamento de Conducción, que especifica que conducir con las manos despegadas del volante o realizando cualquier otro gesto que impida reaccionar correctamente durante la conducción ya es motivo de sanción, además de una acción peligrosa. En este supuesto encajaría a la perfección el uso de cualquier dispositivo electrónico al volante.