El Tribunal Supremo ha avalado un decreto de la Generalitat catalana de 2015 que omite cualquier referencia al castellano en la educación, porque no «menoscaba» su posición como lengua vehicular en toda España, también en Cataluña, donde se debe asegurar su dominio al final de la enseñanza obligatoria. Así lo ha determinado la sección cuarta de la sala contenciosa administrativa del Supremo en una sentencia en que rechaza la petición de la Abogacía del Estado de anular dos artículos del decreto de la Generalitat de 2015 sobre ordenación de las enseñanzas en la educación secundaria obligatoria, que omitían cualquier referencia al castellano. La sala avala estos dos artículos del decreto porque considera que la omisión del castellano no supone «su exclusión como lengua vehicular» en la enseñanza, ya que ello, advierte, «sería manifiestamente inconstitucional».
El Supremo reafirma al castellano como lengua vehicular de enseñanza en Cataluña
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