Esta medida no es obligatoria para todos los vehículos. | Freepik

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El alcoholímetro antiarranque será obligatorio a partir del próximo 6 de julio, ya que así lo prevé la nueva ley de tráfico que ha entrado en vigor este lunes, tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Se trata de un dispositivo que consta de un alcoholímetro que impide que el vehículo se ponga en marcha si detecta que la concentración de alcohol en aire espirado es superior al límite legal o no se utiliza adecuadamente el aparato. Su objetivo es reducir el número de accidentes que se producen por conducir bajo los efectos del alcohol.

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Cabe precisar que esta medida no es obligatoria para todos los vehículos. En concreto, sólo lo será para «los vehículos de categoría M2 y M3 que dispongan de interface normalizada para la instalación de alcoholímetros antiarranque destinados al transporte de viajeros». «Los conductores de estos vehículos vendrán obligados a utilizar estos dispositivos de control del vehículo». Por vehículos M2 se entiende aquellos destinados al transporte de personas que tengan, además del asiento del conductor, más de ocho plazas y cuya masa máxima autorizada (MMA) sea igual o inferior a cinco toneladas. Por su parte, los vehículos M3 son los destinados al transporte de personas que tengan, además del asiento del conductor, más de ocho plazas y cuya MMA supere las cinco toneladas.

El presidente de la Federación Empresarial Balear de Transportes (FEBT), Rafael Roig, ha precisado que el alcoholímetro antiarranque sólo será obligatorio para aquellos que dispongan de interface normalizada para su instalación. Por su parte, el presidente de la Asociación de Autónomos del Taxi, Gabriel Moragues, ha dejado claro que los taxistas no están incluidos en esta medida porque pertenecen a la categoría M1.