Un ciudadano, cumplimentando la declaración de la renta. | Efe

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El borrador de la declaración de la Renta es un documento que se entrega a la Agencia Tributaria para que este organismo tramite la declaración. Este escrito sirve para rendir cuentas a Hacienda y se detalla la actividad económica del último año -en este caso, de 2021-, como las nóminas percibidas o las ganancias patrimoniales, entre otras cosas.

Existen diversos pasos a seguir para tramitar el borrador. En primer lugar, si se opta por hacer el trámite por internet, se debe acceder a la página web de la Agencia Tributaria. El 6 de abril se activará el apartado «Renta 2021» y se abrirá el plazo para tramitar y presentar el borrador. Para ello, en este apartado se debe acceder a «tramitación del borrador/declaración». Clicando ahí se podrá acceder directamente al borrador, en el que se deberán rellenar los campos requeridos con datos personales y fiscales. Cabe tener en cuenta que para realizar la declaración online la web pide disponer del DNI electrónico, un usuario del sistema Cl@ve y el número de referencia. Para cualquier duda con respecto a la tramitación del borrador por internet, Hacienda ha puesto a disposición el portal Renta WEB, con respuestas a dudas frecuentes.

También existe la posibilidad de tramitar el borrador por vía telefónica. Eso sí, para ello habrá que esperar hasta el 5 de mayo. Y no será hasta el 1 de junio cuando se abra el plazo para acudir de forma presencial a las oficinas de la Agencia Tributaria y tramitar el borrador de la declaración en formato físico. Para más información con respecto a cómo tramitar el borrador de la declaración, Hacienda ha puesto a disposición los números de teléfono 915 548 770 y 901 335 533. Los contribuyentes pueden llamar para solucionar sus dudas en un horario de lunes a viernes de 9h a 19h. También hay disponible un manual práctico con los pasos a seguir en detalle, así como los diferentes supuestos en los que se puede encontrar el ciudadano.