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El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una prestación no contributiva que concede el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) para que sus beneficiarios tengan un mínimo de ingresos y no caigan en situación de vulnerabilidad.

Además de que las rentas del demandante estén en determinado segmento, la Seguridad Social impone también un requisito de edad que es obligatorio, tal y como recoge Noticias Trabajo.

La edad mínima que deben tener los solicitantes del IMV está fijada en los 23 años, si bien esta edad puede rebajarse hasta los 18 años si el demandante del IMV tiene hijos a su cargo.

En el otro extremo, el de máximos, la edad más avanzada para poder cobrar esta prestación no contributiva es de 65 años, cuando se llegue a la edad ordinaria de jubilación, aunque hay algunas excepciones de pensionistas que sí pueden cobrarlo.

Por lo tanto, la ayuda la pueden pedir mayores de 23 años que no se hayan casado o estén en un trámite de divorcio; que no formen parte de una pareja de hecho ni tampoco de alguna otra unidad de convivencia.

Además, si es menor de 29 años, el demandante debe vivir en España de forma legal e independiente durante los dos años anteriores a los que presente la solicitud, excepto si es víctima de violencia de género o está en un proceso de separación.

Si los interesados alcanzan los 30 años o más, la condición para percibirlo es que viva en el país e independiente durante el año previo a la solicitud. También pueden pedir el IMV las mujeres mayores de 18 años y que sean víctimas de violencia de género, trata de seres humanos o explotación sexual.