El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite este martes el recurso de Vox contra la reforma penal que suprimió el delito de sedición y modificó el de malversación. Fuentes jurídicas han informado a EFE de que el pleno ha aprobado por unanimidad la admisión a trámite del recurso formulado por el partido que preside Santiago Abascal. El ponente será el magistrado del sector conservador Enrique Arnaldo.
Independentismo catalán
El Constitucional revisará la reforma que derogó la sedición y modificó la malversación
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3 Ahora el Tribunal Constitucional tiene mayoría progresista y dudo ¡Y mucho! que declaren inconstitucional las nuevas leyes de esos delitos. Ahora Vox dice que es porque es un indulto encubierto que va contra la Constitución para conceder el indulto a los del Procés ¡Y no porque cambió el PP la Ley unilateralmente en 2015 de la malversación y con la nueva Ley del delito de desórdenes públicos agravados que simplemente se ha regulado porque era incomprensible lo que hicieron los magistrados del Procés con ella, cuando jamás fue ni tumultuaria ni violenta la proclamación "entre comillas" de la independencia catalana, pues lo primero que se hace es quitar la bandera oficial de las instituciones ¡¡Y no se hizo!! y lo segundo es cerrar fronteras ¡¡Que tampoco se hizo!! la realidad es que no se hizo absolutamente NADA tras proclamarla ¡¡Por eso tuvieron que rebajar el juicio de rebelión a sedición y aplicar esta de una manera muy extraña con argumentos sacados de una historieta de terror. ¡¡Por eso Europa les dio la espalda: Bélgica, Dinamarca, Alemania, Suiza o Escocia permitieron que viviesen tranquilamente y sin tenerlos en la cárcel ¡¡Porque no veían claro un juicio justo a los catalanes que se refugiaron allí!! y más cuando fueron magistrados a explicarles el porqué tenían que extraditarlos, que el tribunal de Bélgica les dijo muy claro ¡¡La Justicia no son palabras "Son pruebas" y ustedes deberían saberlo cuando no presentaron ni una fehaciente!! y que por eso no los extraditaron. ¿Hablamos de los indultos de Aznar a 5.948 condenados ¡¡La mayoría por corrupción!! y otros como los 12 condenados por el secuestro de Segundo Marey en 1983 por el GAL, que lo confundieron con un dirigente de ETA. ¿Eso es inconstitucional también? o Rajoy que indultó a J. R. Ramírez y M. A. Sáez, dos comandantes sanitarios condenados por el caso Yak-42 donde murieron 75 militares y esos falsearon las pruebas de ADN de ellos. No solo Vox piensa en retorcer la democracia a su antojo. Dudo muchísimo que lo consiga, pero es igual ya ha hecho titulares a sus medios.
2 El delito de Malversación de caudales públicos: El Código Penal español, hasta el año 2015, diferenciaba la malversación en dos ramas: 1/ “Con ánimo de lucro” que robaban el dinero para llevarlos a sus carteras, penada en el CP entre tres y ocho años de prisión. 2/ Sin ánimo lucro, que se gastaba ilegalmente pero sin lucrarse con el dinero y la sanción era entre seis y doce meses de multa y hasta tres años de inhabilitación. ¿Es lo mismo robar dinero público que gastarlo de forma ilegal?. Sin embargo Rajoy modificó ese modelo funcional durante años, tanto con el PSOE y el PP y promovió un cambio en el Código Penal que tenía nombre y apellidos: Artur Mas y la consulta en Cataluña el 9 de noviembre de 2014, por la cual querían condenarlo a muchos años de cárcel, como pidió el PP, pero Mas se libró porque no había ánimo de lucro y porque devolvieron al Tribunal de Cuentas algo menos de cinco M/€ de sus bolsillos, el presupuesto de la Generalitat que se gastaron en aquel referéndum ¡¡Y el PP se quedó con las ganas!! y por ello en 2015, el PP reformó la malversación en el Código Penal, con dos cambios. 1/ Eliminó la diferencia entre robar dinero público y uso ilegal del mismo. 2/ Elevó en un 50% la pena máxima ¡¡A 12 años igual que un homicidio que es de 10 a 15 años!! ¿Era proporcional esa Ley ¡¡NI DE COÑA!! y lo hicieron para frenar el independentismo, algo que no lograron y para el caso de los EREs de Andalucía. ¿Cometieron malversación dirigentes del PP en alcaldías, diputados y senadores? ¡¡SI!! pero fueron los jueces indulgentes con ellos y archivaban uno tras otro los casos. Ahora el nuevo delito de malversación se ha devuelto a como era siempre ¡¡Y punto!! Que esos de Vox solo están para desestabilizar la democracia, que por ello les pagan los del Yunque y los Evangelistas.
1 El anterior delito de sedición español conllevaba la pena de 8 a 10 años, y de 10 a 15 años si lo realizaba una autoridad. No se ha eliminado, sino que cambia el nombre por “Delito de desórdenes públicos agravados” y la condición es que exista VIOLENCIA y las penas ¡Equiparadas a Europa! Serán de máximo de 5 años. Todo por el mal uso que hicieron de este en el jucio del Procés los jueces afines a la derecha y el motivo por el cual Europa les dio la espalda. En Francia se llama “delito de resistencia” (art. 426 y 433 del CP), que es la oposición violenta a toda persona e institución que tiene una autoridad. Las penas van de dos años de prisión y multa, a tres años si actúan en grupo, y entre cinco y diez años solo si llevan armas. En Bélgica, el delito de sedición es el delito de rebelión en España y la sedicion es llamado “delitos de atentado y resistencia a la autoridad” y se castiga igual que en Francia, con una pena de prisión de dos a tres años y 45.000 euros de multa. En Alemania, el delito de Sedición se llama “Delito de desórdenes públicos (art. 125 CP)” y contempla penas de seis meses a tres años de prisión. También tienen el “Delito de Resistencia a la autoridad (art. 113 CP )” penado con hasta cinco años de prisión cuando se llevan armas. En Suiza, se llama “Delito de tumulto o Revuelta- Aufruhr (art. 285 del CP) con penas de prisión de hasta tres años o multa. En Italia, al delito de sedición se le llama “Delito de violencia o amenaza” (Reato di Violenza o Minaccia) (art. 336 y 337 del CP) y se castiga de 6 meses a 5 años y si llevan armas hasta 8 años. En Portugal se castiga de uno a tres años, por tumulto y si conlleva violencia hasta 8 años. ¡Y así todos los países!
De verdad ?