La Infanta Cristina y su marido, Iñaki Urdangarin, han recibido la noticia del fallo en Ginebra, donde residen.

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La Infanta Cristina ha sido absuelta por el tribunal de la Audiencia de Palma encargado del juicio del caso Nóos, uno de los más mediáticos de los últimos tiempos, al sentar por primera vez en el banquillo de los acusados a un miembro de la Familia Real.

Sin embargo, su marido Iñaki Urdangarin, ha sido condenado a seis años y tres meses de cárcel, por cinco delitos: prevaricación en concurso con falsedad en documento público y malversación, así como los delitos de fraude a la Administración, tráfico de influencias, más dos delitos fiscales.

En cambio, su socio al frente del Instituto Nóos, Diego Torres, ha recibido ocho años y seis meses de cárcel, la condena más alta, por prevaricación en concurso con falsedad en documento público y malversación, fraude a la Administración, tráfico de influencias, delito contra la Hacienda Pública y blanqueo.

La Fiscalía pedía hasta 19 años y medio para ambos.

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Al exduque de Palma y a Torres se les acusaba de montar la entidad como una organización para conseguir contratos públicos aprovechando sus vínculos con la Casa Real, y de cobrar cantidades muy elevadas por servicios que, en realidad, tenían un coste mucho menor.

Por su parte, la hermana de Felipe VI tan solo estaba acusada por el sindicato desarticulado por estafa Manos Limpias, que deberá correr con las costas de su imputación en particular. El Ministerio Público la consideró responsable a título lucrativo por valor de 587.413 euros, un extremo aceptado por la defensa.

Finalmente, el tribunal presidido por Samantha Romero ha considerado que su participación en el Instituto Nóos era testimonial y desvinculada de su actividad, aunque ha impuesto una multa de 265.000 euros por haberse lucrado con las actividades del instituto de su marido.

El otro gran protagonista del juicio, el expresidente balear y exministro Jaume Matas, ha resultado condenado a 3 años y 8 meses de prisión por prevaricación en concurso con falsedad en documento público y malversación, y otro delito de fraude a la Administración, al favorecer de forma deliberada las actividades del instituto en Baleares, sufragándolas con dinero público.