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El Govern ha advertido a las plataformas digitales de las consecuencias que tendrá la aprobación de la ley de alquiler vacacional, que pretende ser aprobada este martes en un pleno extraordinario del Parlament.

La nueva norma considerará oferta ilegal y actividad clandestina la publicidad y comercialización de viviendas sin licencia de Turismo, ha informado la Dirección General de Turismo.

En una carta dirigida a las principales plataformas digitales y agencias de comercialización de viviendas, la directora general de Turismo, Pilar Carbonell, ha reclamado que adopten las medidas adecuadas para cumplir la nueva regulación y ha avisado de las implicaciones legales una vez se apruebe la modificación de la Ley de Turismo, relativa a la comercialización de estancias turísticas a viviendas.

Con la nueva regulación, toda la publicidad de alojamientos turísticos tiene que incorporar el número de inscripción expedido por la Conselleria de Innovación, Investigación y Turismo.

A día de hoy, esta licencia únicamente se puede obtener para viviendas unifamilares aisladas o adosadas. Carbonell ha recordado a las plataformas digitales que la nueva normativa considera oferta ilegal y actividad clandestina la publicidad y comercialización de viviendas que no dispongan de esta licencia.

La nueva ley declara responsables de las infracciones tanto a los propietarios de los inmuebles como a los posibles explotadores y comercializadores.

A la vez, la nueva normativa aumenta considerablemente la sanción mínima por ofrecer una vivienda sin permiso: implicará una infracción muy grave que comportará multas de hasta 400.000 euros para las plataformas.

La nueva norma facilita por primera vez una definición del término «canal de oferta turística» en cuanto a la comercialización de estancias turísticas a viviendas.

Se define como «todo sistema mediante el cual las personas físicas o jurídicas, directamente o a través de terceros, comercializan, publicitan o facilitan, mediante enlace o alojamiento de contenidos, la reserva de estancias turísticas a viviendas, bien sea por plazos de días o semanas con el límite establecido en el artículo 50 de esta Ley, bien sea con prestación de alguno de los servicios previstos en el artículo 51».

Con la entrada en vigor de la nueva ley, el Govern dispondrá por primera vez de medidas efectivas para perseguir y sancionar la oferta ilegal de alquiler turístico en edificios plurifamiliares.