Policía controlando el cumplimiento del toque de queda.

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El toque de queda a las once de la noche seguirá en vigor a partir del domingo en Balears. El TSJB ha validado por tres votos a favor y dos en contra las limitaciones que puso encima de la mesa el Govern: la prohibición de movimiento de once a seis de la madrugada, el límite de seis personas a las reuniones en ámbito público y privado, los controles sanitarios a nacionales en puertos y aeropuertos y la reducción de aforo a la mitad en lugares de culto.

El resto de restricciones, como las que afectan a la hostelería, también seguirán vigentes pero estas no decaían con la supresión de la alarma. La decisión además, todavía no puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, solo en reposición ante el mismo órgano judicial.

El TSJIB ha avanzado este jueves la decisión, pero no ha hecho público el auto que se conocerá en los próximos días y que recoge votos particulares de las magistradas, Alicia Ortuño y Carmen Frígola, ambas adscritas a la Asociación Profesional de la Magistratura, de perfil conservador.

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Las limitaciones han sido avaladas por el presidente de la Sala, Gabriel Fiol, y los magistrados Pablo Delfont y Fernando Socías. Se trata de la primera resolución de un tribunal superior sobre el toque de queda y se desmarca del criterio fijado por la Fiscalía en Balears y otros territorios que consideraba que no se podía adoptar esta medida ni la relativa a las reuniones en el ámbito privado sin el paraguas de una ley orgánica al colisionar con derechos fundamentales.

El mismo tribunal decidió el miércoles inadmitir la consulta planteada por el Govern con el mismo contenido y forzó la convocatoria de un consejo de gobierno extraordinario para que aprobara las medidas y las sometiera después a ratificación por parte del órgano judicial.

Con esta decisión, el paquete de restricciones entrará de forma inmediata en vigor a las doce de la noche del sábado y extiende, en la práctica el estado de alarma en Balears. De hecho, contra esta decisión sólo cabe un recurso de reposición y no puede ser apelado ante el Supremo, dado que el recurso extraordinario que ha aprobado el Gobierno no entra en vigor hasta el mismo nueve de mayo.