El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y la del Govern, Francina Armengol, en una imagen a principios de este mes de agosto | J. MOREY

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La Abogacía del Estado ha argumentado ante el Tribunal Constitucional que no está obligado a dotar en los Presupuestos Generales del Estado (PGE) el factor de insularidad, contemplado en el Régimen Especial de Balears (REB), aprobado por Real Decreto.

Así ha respondido el Estado al recurso de inconstitucionalidad planteado por el Parlamento balear contra los PGE de 2021 por no incluir los fondos para compensar la insularidad.

Según la representación legal del Gobierno, ni del Real Decreto aprobado en 2019 ni de la primera norma reguladora del REB de 1998 se puede «extraer un contenido material que obligue a la Ley de Presupuestos a dotar un factor de insularidad».

En el escrito de alegaciones, al que ha tenido acceso Europa Press, la Abogacía del Estado considera que la demanda del Parlamento carece de «alcance constitucional» porque «no existe en la Constitución garantía de un régimen especial balear».

A continuación admite que «sí cabe aceptar el reconocimiento específico del hecho insular», y en este sentido, destaca distintas inversiones y convenios pactados con Balears para justificar que sí estaría «velando por un equilibrio económico, adecuado y justo entre las diversas partes del territorio español».

Para la Abogacía, el 'Estatut d'Autonomia' sí es «norma integrante del bloque de constitucionalidad» pero no contiene «compromiso presupuestario alguno», sino solamente la previsión de que se desarrolle un instrumento financiero para compensar la insularidad. Según el Estado, ya habría cumplido con esa previsión a través del Real Decreto del REB de 2019.

Por otra parte, el Estado sostiene que el hecho de que las partidas reclamadas no estén en los PGE de 2021 no impide que se incluyan en años posteriores. Otro argumento que presenta ante el TC es que la Comisión Mixta Estado-Balears debe alcanzar un acuerdo sobre la metodología para determinar la dotación inicial.

Cuestiona la supuesta «discriminación» hacia Balears

Otra parte del escrito de alegaciones se centra en cuestionar las cifras esgrimidas por el Parlament para hablar de «discriminación estructural» hacia la Comunidad, uno de los fundamentos por los que la Cámara señala una posible vulneración de los artículos 2 y 138 de la Constitución sobre el principio de solidaridad y el equilibrio interterritorial atendiendo al hecho insular.

 La Abogacía del Estado sostiene que las afirmaciones del Parlament «no se encuentran respaldadas por fundamentación jurídica alguna». Critica que analice la asignación de las inversiones en función de la ubicación física de los proyectos, afirmando que hay otras inversiones estatales que no son «susceptibles de ser territorializadas» pero que igualmente repercuten en Balears --como por ejemplo, las compras centralizadas--.

Para el Estado, «no resulta posible hacer una comparación homogénea entre territorios». En su escrito dirigido al pleno del TC también plantea si el cálculo de la inversión media debería calcularse en relación al Producto Interior Bruto y no per cápita.

Recurso del Parlament

La Cámara acordó presentar el recurso en un pleno celebrado el pasado 2 de marzo, con los votos a favor de la oposición, además de Més per Menorca y Més per Mallorca -partidos que apoyan al Govern-, y en contra de GxF, Unidas Podemos, Vox y socialistas.

El Parlament argumentó en su recurso que la «omisión legislativa» de no incluir el factor de insularidad en los presupuestos «hace irreconocible el Régimen Especial de Balears» aprobado por el propio Estado a través de un Real Decreto en 2019.

«Lo que no es constitucionalmente admisible es que el principal instrumento financiero del REB simplemente no exista en los presupuestos, porque esta inexistencia hace irreconocible el Régimen Especial, y la ignorancia del REB determina el incumplimiento del mandato del artículo 138.1», razona.

En el escrito, el Parlament apela a una «discriminación estructural» por parte del Estado hacia Balears, recordando que se encuentra a la cola de la inversión estatal no solamente en algunos ejercicios, sino de forma general.