Clientes en el interior de un restaurante durante la pandemia. | Europa Press

TW
40

La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears (TSJIB) ha dado el visto bueno a la petición del Govern balear de extender el uso del certificado COVID-19, de momento, a los restaurantes y bares de copas con capacidad para más de cincuenta personas La medida, según el tribunal, no supone una restricción de derechos fundamentales sino su limitación, en la línea que ha indicado esta misma semana el Tribunal Supremo. La Sala valora que la documentación que se requiere es «asequible a todos, de modo que quien no quiere mostrar si ha sido o no vacunado puede presentar documentación alternativa». También tiene en cuenta que solo hay que enseñar el certificado y que no se guarda registro de estos datos por lo que se invade la intimidad de «manera muy tenue».

El documento en cuestión confirmaría al responsable del establecimiento que el ciudadano que lo lleva tiene la pauta de vacunación completa, que ha pasado la enfermedad o que se ha hecho un test. Así, para la Sala, quien no dispone de ninguno de esos documentos es «quien ha optado por primar su libertad personal sobre el bienestar colectivo». En esa cuestión considera que la medida es proporcional y que limita el acceso de estas personas a formas de ocio que no son esenciales.

Noticias relacionadas

Las medidas estarán en vigor desde que se publiquen en el Butlletí Oficial de les Illes Balears (BIOB) y estarán vigentes hasta el próximo 24 de enero. La Sala concluye que son medidas «idóneas para limitar la propagación del virus, son necesarias ante el incremento de contagios y son proporcionadas ante la tenue limitación de la libertad individual en beneficio de la salud colectiva».

De esta manera, las Islas se suman a otras comunidades que han recurrido a esta herramienta, aunque Baleares ya lo utilizaba para el acceso al ocio nocturno y a las residencias de personas mayores. El portavoz del Govern, Iago Negueruela, ya avanzó este lunes que la medida en cuestión se aplicaría en aquellos establecimientos con capacidad mayor de 50 personas tanto en interiores como en terrazas cubiertas. Este miércoles, la Fiscalía ya se mostró partidaria de implantar este mecanismo de control.

El certificado COVID-19 se solicitará en diferentes actividades y aforos según el nivel de alerta sanitaria en la que se encuentre cada una de las Islas. Actualmente, todas las Islas se encuentran en fase 1, pero viernes se revisará el escenario epidemiológico.