TRIBUNALES
Una sentencia impone a una menor el apellido de un padre al que apenas conoce
La Audiencia resuelve que hay que emplear los del padre biológico que tuvo que acudir a un juzgado para reclamar la paternidad
Un juzgado de Primera Instancia de Palma resolvió la paternidad de la menor a partir de un recurso del padre biológico. | ARCHIVO
Una sentencia impone a una niña de siete años de edad el apellido de su padre biológico al que apenas conoce. La resolución de la Audiencia confirma el fallo de un juzgado de Primera Instancia de Palma que resolvió sobre la paternidad de la menor a instancias del padre biológico. La sentencia de la Audiencia desestima una petición de la Fiscalía para aplicar una excepción prevista para casos de violencia de género en lo que los apellidos del padre quedarían excluidos. La menor fue inscrita al nacer como hija de la entonces pareja de la madre, una filiación paterna matrimonial. Sin embargo, dos años después esa atribución de la paternidad fue impugnada por el padre biológico y las pruebas llevadas a cabo en el juzgado de Primera Instancia le dieron la razón.
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5 comentarios
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LlonguetNo sé si ha leído la noticia, entre otras cosas, dice que el padre está fallecido.
Faltan muchos detalles para juzgar.
Creo que al mismo tiempo que la obligan a cambiar el apellido, seria de justicia que el padre biológico pague la manutención desde que nació y todo el tiempo que proceda. (estudios etc.)
A los 18 que se cambie el apellido
Cuando necesite dinero no habra lugar a dudas de a quien se lo pediran