El complejo del Hotel Xaloc, la última sentencia

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Llorenç Carretero, exalcalde de Sant Lluís y actual portavoz del PSOE en el Consistorio, rechaza cualquier responsabilidad sobre el caso de los apartamentos del Hotel Xaloc. Cabe recordar que el Tribunal Supremo ha condenado al Consistorio de Sant Lluís por haber permitido unas obras en el complejo a pesar de que no se respetaban las distancias mínimas con una zona verde.

«Todo el procedimiento estuvo avalado por informes técnicos y jurídicos», asevera Carretero. El ex alcalde, sin embargo, admite que sí hubo una irregularidad en el año 1999, cuando se concedió la licencia para las obras a pesar de que el propio técnico admitía que no se cumplía la normativa sobre retranqueos. «Eso fue un error grave, que se produjo cuando yo no era alcalde, puesto que esa licencia no debía haberse concedido», declara el socialista.

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Sin embargo, a partir de aquí, Carretero defiende que todos los trámites realizados fueron correctos. Incluso la decisión del año 2004, cuando, contraviniendo una sentencia judicial del año 2003, se paralizó la demolición del exceso de construcción en los apartamentos. El socialista, que entonces sí era alcalde, explica que «a raíz de la sentencia abrimos un expediente de disciplina urbanística, y fuimos a analizar la situación sobre el terreno. Es normal que cuando se produce una sentencia como esta, vayas a comprobar la situación sobre el terreno. Así lo hicimos, y verificamos que no existía ninguna irregularidad, y por eso cerramos el expediente».

Sobre la resolución final del caso, que ha demostrado que sí existían irregularidades urbanísticas, Carretero prefiere no hacer declaraciones, aunque sí apunta que «deberá dejarse muy claro qué se debe derribar y qué no».

Cabe recordar que la sentencia sobre este caso era muy dura con la actitud del Ayuntamiento de Sant Lluís durante todo el proceso. Los magistrados aseguraban que desde el Consistorio se había mostrado una actitud obstaculizadora durante todo el proceso, intentado dilatar la ejecución de una sentencia que data de 2003. En este sentido, aseguraba que esta conducta era motivo de reprensión.