La restricción en el Canal afecta a tres embarcaciones de la Cofradía de Ciutadella. | Josep Bagur Gomila

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Casi tres años después de que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente estableciera la prohibición de pesca de arrastre en una gran parte del Canal de Menorca, la Audiencia Nacional ha emitido una sentencia en la que rechaza la demanda de la Cofradía de Pescadores de Alcúdia contra esta restricción y defiende la iniciativa.

El mismo contencioso fue presentado también por la cofradías de Ciutadella, Cala Ratjada y de Santanyí. Las cuatro incorporaron los mismos argumentos, por lo que el sector prevé que la respuesta será la misma en todos los casos y se esfuman así las posibilidades de revocar la situación.

De esta forma, la orden emitida por el Estado a finales del 2016, impide que la docena de embarcaciones (3 de Ciutadella y el resto de Mallorca) que operan con una red de arrastre puedan faenar en una zona del Canal, con el objetivo de preservar hábitats de especial interés de coralígeno y mantos de rodalitos de una modalidad de pesca que puede ser «dañina para el medio ambiente marino o que provocan el agotamiento de ciertas poblaciones».

Desde la Federación Balear de Cofradías de Pescadores, apuntan que este veto reduce en un veinte por ciento las capturas anuales para los profesionales del sector y reciben la sentencia como la peor de las noticias. «Es la peor noticia que podríamos esperar, no hemos sido escuchados», lamenta el secretario de la entidad, Antoni Grau.

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