Bloque de apartamentos en una cala de Ciutadella, estampa habitual en las urbanizaciones menorquinas

TW
13

El Consell pretende regularizar una situación alegal, muy extendida desde la crisis de 2008. En aquellas circunstancias, algunos propietarios de edificios de apartamentos, con el fin de disponer de liquidez, vendieron algunas unidades a particulares.

Desde entonces esas unidades no pueden ser utilizadas como residenciales y tampoco pueden tener un uso distinto al que les dedica el explotador principal del edificio. Eso implica que muchos de los particulares que disponen de algún apartamento han optado por el alquiler turístico, aunque no dispongan de la correspodiente licencia para esa actividad.

El Consell ha presentado una enmienda al decreto ley 8/2020 durante su tramitación parlamentaria en la que propone modificar la disposición adicional novena, específica para Menorca, de la Ley turística de 2017 que, a su vez, modifica la Ley Delgado de 2012.

En esa línea, plantea que el Consell de Menorca pueda dar de baja las unidades que forman parte de establecimientos turísticos de apartamentos autorizados antes de que entrara en vigor el PTI, en abril de 2003. En este supuesto, propone la enmienda del Consell, podrán compatibilizarse en un mismo edificio o complejo de edificios «los usos turísticos de alojamiento en apartamentos turístico y otras figuras de alojamiento turístico» que se establecerán reglamentariamente.

Lea la noticia completa en la edición impresa del 14 de julio en Kiosko y Más