Imagen de la construcción en el año 2015 del parque acuático de Biniancolla, el ejemplo más reciente y notorio de uso de suelo rústico en una zona turística | Gemma Andreu

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El nuevo Plan Territorial Insular (PTI) abre la puerta a que las zonas turísticas crezcan sobre suelo rústico. La vía abierta al cambio de usos, siempre que las parcelas tengan continuidad espacial con la urbanización, se recoge en el artículo 57 del texto normativo, el que regula las llamadas zonas saturadas o maduras, con signos de obsolescencia, deterioro de la oferta turística, carencia de equipamientos turísticos complementarios o desequilibrios estructurales que dificultan la competitividad turística. Para las zonas turísticas que sean declaradas saturadas se aprobarán planes de rehabilitación que, ya sea a iniciativa pública o privada, permitan recurrir a «suelos rústicos deteriorados» para ejecutar mejoras y construir nuevas infraestructuras, equipamientos y servicios.

La nueva normativa urbanística que el Consell llevará a aprobación inicial al pleno del 21 de diciembre especifica que para poder destinar suelo rústico a dichas mejoras no deben implicar un impacto paisajístico o visual negativo, ni afectar al medio en que se encuentran y deben incluir «medidas correctoras energéticas, medioambientales, etc.». Asimismo deja claro que no se producirá incremento alguno de plazas turísticas o de volumen edificado con destino a alojamientos turísticos o usos residenciales susceptibles de ser destinados al alquiler turístico. También se recoge que será parte de los objetivos de los planes de rehabilitación «la reducción del impacto paisajístico y la orientación a actividades que permitan la desestacionalización turística».

Quedan excluidas se esas zonas de crecimiento en rústico los suelos catalogados como Áreas de Alto Nivel de Protección (AANP), Áreas de Interés Paisajístico (AIP) y Áreas Rurales de Interés Paisajístico (ARIP). Por otra parte, se estipula una superficie máxima de ejecución de nuevas infraestructuras en terrenos de suelo rústico (seguirán siendo rústicos) del 0,5 por ciento del total del área considerada como saturada. En este punto, en relación al avance presentado en marzo de 2019, se ha producido un endurecimiento de las condiciones para limitar ese crecimiento en rústico. Hace casi dos años, en el avance de la revisión del PTI, el límite de ejecución en rústico era del dos por ciento.

Ecologistas en guardia

Este artículo del revisado plan urbanístico insular ha hecho encender las alarmas en el GOB. Los ecologistas lo consideran una vía abierta a actuaciones privadas en suelo rústico y recuerdan lo ocurrido con el parque acuático de Biniancolla, el último ejemplo de licencia concedida en suelo rústico en las urbanizaciones menorquinas, que los tribuales han tumbado y que podría derivar en una indemnización millonaria. Aunque desde el Consell defienden que todas las actuaciones deben estar incluidas en un plan integral de rehabilitación de toda la zona saturada y que deben responder a criterios de interés general, los ecologistas llaman la atención sobre el hecho de que los nuevos equipamientos pueden ser de iniciativa pública o privada, como recoge el articulado y como también prevé la Ley Turística.

Es por ello que entre las alegaciones que el GOB ya ha avanzado que presentará en el periodo de exposición pública que se abrirá tras la aprobación inicial del PTI, el grupo ecologista reclamará que se especifique taxativamente que los usos posibles para esa crecimiento en rústico de las urbanizaciones sean públicos en todos los casos. El coordinador de Política Territorial del GOB, Miquel Camps, subrayaba ayer que la regulación de las zonas maduras parece «calcada» a la petición que había realizado la Asociación Hotelera de Menorca (Ashome) para que las urbanizaciones pudieran crecer desprotegiendo algunos terrenos que las circundan, una medida muy criticada por los ecologistas, al entender que perpetúa un modelo turístico obsoleto.

La revisión del PTI no especifica cuáles son esas zonas saturadas donde se abre la posibilidad de crecer, aunque en la primera versión presentada en marzo de 2019 sí que se definían cuatro ámbitos: las urbanizaciones de la costa de Sant Lluís, la costa sur de Ciutadella (Son Xoriguer, Cala en Bosc y Cap d’Artrutx), Cala en Porter y la zona de Cala Galdana y Serpentona. Desde el departamento de Ordenación del Territorio explican su ausencia en el nuevo redactado por la necesidad de establecer estas zonas saturadas en herramientas de ordenación más ágiles como es el desarrollo reglamentario de la Ley Turística, norma que además da potestad a los Consells para declarar esas zonas mediante un simple acuerdo de pleno.