Al ser bienes catalogados, a estas construcciones les ampara la Ley de Patrimonio | Gemma Andreu

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El Servicio de Patrimonio del Consell ha emitido un informe en el que indica que las casetas para barcas que están catalogadas no pueden ser derribadas. Es más, estas construcciones deben ser protegidas y preservadas por su titular, que en el caso de las concesiones de primera línea de mar es, en última instancia, la Demarcación de Costas.

El informe ha sido elaborado a petición de un propietario de la Cala Sant Esteve, en Es Castell, que recibió en diciembre una resolución de Costas por la cual su caseta disponía de un periodo de disfrute de dos años, después del cual debía ser derribada. Incluso para garantizar la ejecución de la demolición, que no sería legal según el parecer de Patrimonio, se requería el depósito de un aval bancario de 20.000 euros.

El conseller Miquel Àngel Maria comenta que la conclusión del informe «no deja lugar a dudas». Cuando una edificación está recogida en el catálogo de patrimonio de un ayuntamiento, como es el caso citado, no se puede llevar a cabo ninguna acción que conlleve su desaparición o deterioro en virtud de la Ley de Patrimonio. Algunos de estos elementos también figuran en el catálogo de casetes de vorera que tiene el Consell, aunque sin efectos legales. La institución insular no entra a valorar el hecho de que se finiquite la concesión.

Miquel Àngel Maria recuerda que la Demarcación de Costas, en aplicación de estos mismos preceptos legales, debería esmerarse en el cuidado de los bienes que son de su titularidad en primera línea de Costa. Esto es algo que no sucede, precisamente, con la frecuencia que sería deseable.