La alcaldesa Joana Febrer y el concejal de Medio Ambiente, Gabriel Janer. | Josep Bagur

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Ya hay sentencia del juicio celebrado el miércoles entre el Ayuntamiento de Ferreries y Binimoti para dictaminar si el tramo que pasa por la propiedad es de titularidad pública. Y el fallo no es favorable al Ayuntamiento y da la razón a Binimoti.

El juez del Juzgado de Instrucción y Primera Instancia número 1 de Ciutadella Juan Pablo Molina Pérez no da por probada la titularidad pública del Camí d’en Kane y desestima la demanda "en su integridad" interpuesta por el Ayuntamiento de Ferreries, a quien condena al pago de las costas procesales.

El juez no tiene duda de que el camino de Binimoti es un tramo del Camí d'en Kane, pero recuerda que fue construido para fines militares y que en el momento de su construcción las entidades locales se opusieron. El principal argumento del juez para negar la titularidad pública de los 1,3 kilómetros del Camí d'en Kane que pasan por Binimoti es que “no existe ninguna clase de documento, público ni privado, ni norma legal, en cuya virtud se atribuya al Ayuntamiento de Ferreries la propiedad del Camino de Binimoti”, y recuerda que “incumbe al Ayuntamiento acreditar la concurrencia de una serie de elementos que, de modo incuestionable, permitan sostener la referida titularidad del camino como bien de dominio público”. Y el Ayuntamiento no lo acredita, concluye.

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Así, destaca que el Consistorio no solo no demuestra su titularidad, sino que tampoco se constata que se haya encargado del mantenimiento del mismo, y que este “ha sido asumido en exclusiva por la propiedad privada”. Argumenta también que no se aprecia un “uso generalizado ni finalidad o interés público, sino que, al contrario, se trata de un camino privado que, por usos y costumbres, o mera tolerancia de su propietario, ha sido usado por propietarios de fincas contiguas para mejor conexión entre sus parcelas”.

Otro punto en el que entra la sentencia es en el argumento defendido por el Ayuntamiento en el que alegaba que otros predios como Sa Terra Rotja y Santa Rita (y no en Binimoti) sí que había documentación de que estas fincas habían comprado, en 1905 y 1923, respectivamente, los tramos del Camí d’en Kane que pasa actualmente por su propiedad. En ese sentido el juez esgrime que “dicho acto de despojo no puede ser más que considerado como un acto de reconocimiento implícito de ausencia de cualquier interés público en el uso del camino y no parece lógico y coherente sostener aquí y ahora, un siglo después, que el tramo de Binimoti sí ostenta un interés público”.

El Ayuntamiento de Ferreries tiene 20 días para presentar un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Balears. El Consistorio prevé llegar hasta el final y elevar la cuestión a una segunda instancia, ya que considera que existen sobradas evidencias de que el tramo de Binimoti del Camí d’en Kane es público. De hecho, en el pleno de este jueves, cuando el equipo de gobierno acababa de recibir la notificación de la sentencia, quiso elevar por urgencia que se aprobara la presentación del recurso, aunque al final se dejó este punto sobre la mesa para que todos los grupos pudieran analizar con detalle el fallo.

El Ayuntamiento de Ferreries presentó el pasado marzo la demanda civil contra Binimoti, después de acordarlo en pleno en octubre de 2019, una vez la Justicia dio la razón a la propiedad que recurrió a los tribunales la inclusión en 2017 de este tramo en el Catálogo de Bienes Municipales.