En la sede del GOB se celebró este jueves por la tarde un acto de divulgación y debate sobre el contenido de la proposición del Consell | Gemma Andreu

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La proposición de ley Menorca Reserva de Biosfera que aprueba el lunes el Consell ha ignorado la nota jurídica de la Abogacía de la Comunidad Autónoma y ha recogido solo las sugerencias del Ministerio para la Transición Ecológica. Los aspectos de la financiación y la transferencia de competencias, los más cuestionados en el citado informe y no modificados en el texto, serán ahora el caballo de batalla del debate parlamentario, de donde se teme que salga una ley muy rebajada respecto a su texto inicial.         

Así lo reconocen en privado algunos consellers que, finalmente y después de la crisis vivida en el seno del equipo de gobierno, han optado por trasladar el problema al Parlament. Ello conlleva asimismo la duda de que efectivamente sea aprobada en esta legislatura tal como estaba acordado.

Sobre las competencias aseguran que se trata de las que el Estatut señala que pueden asumir los consells y, en todo caso, se negocian una a una con el cálculo correspondiente de costes y medios, lo que supone abrir un proceso que puede durar varios años. No se observa problema jurídico, pero sí político por cuanto se trata de ámbitos de poder e influencia que pasan de una administración a otra.

La reticencia al traspaso de poder es inferior, no obstante, a la cuestión de la financiación.    Palma y Eivissa lo han resuelto por razón de capitalidad, el argumento de la reserva de biosfera puede que sea contemplado con más recelo en las otras islas, con más capacidad de decisión. Territorializar la ecotasa constituye una apuesta de alcance, supondría modificar antes o después la ley que regula el impuesto de turismo sostenible. Entre los consellers consultados ayer, hay quien lo ve directamente temerario y quien lo considera factible.

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El texto que llega a la aprobación del pleno fue discutido por última vez el miércoles en la comisión de economía, territorio y servicios generales del Consell. Solo siete artículos y una disposición transitoria han sufrido alguna alteración, más de forma en todos los casos que de fondo.

No obstante, la presidenta Susana Mora y Cristina Gómez consideran que los cambios son sustanciales, «se ha pasado de la uniteralidad a lo que nunca debió dejar de ser bilateral», apunta la consellera de Unidas Podemos. Considera que se han introducido cambios semánticos que llevan el proceso donde toca. Sobre el resultado del anteproyecto, «es un punto de salida», advierte desde un criterio que ha buscado siempre el equilibrio.         

Siete artículos

Las modificaciones derivadas del acuerdo que puso final a la crisis afectan a siete artículos. Además del cambio dado a conocer ayer que rebaja el tono imperativo (’materias que serán transferidas o delegadas’ por ‘materias a transferir’ o ‘elaborará’ por ‘ha de elaborar’),      se añade en el artículo 11, principio de la polémica competencial, «de acuerdo con el procedimiento establecido en la ley aprobada por el Parlament a tal    efecto». Se agrega además un punto sobre la leyes de delegación o transferencia.   

Otra coletilla incoporada en más de un artículo es «sin menoscabo de las competencias de la Administración General del Estado» y otra en la misma línea dirigida al Consell, «en el ámbito de sus competencias y a través del plan sectorial para la ordenación del litoral».

El apunte

Dos o tres años para los efectos más visibles

El despliegue de la ley, muy ambiciosa y transversal porque todo está relacionado con el medio ambiente en mayor o menor medida, no será inmedidato. Las competencias a transferir por la Comunidad Autónoma han de ser negociadas y otras requieren la redacción previa de planes sectoriales y reglamentos concretos.

Entre estos figura el que ha de regular la limitación de la afluencia de vehículos a motor en la Isla. Con la ley en vigor, un acuerdo del pleno bastaría para determinar el    número máximo de coches de no residentes y de alquiler que pueden entrar, pero el mismo artículo que contempla la restricción obliga a aprobar en un plazo de tres años un reglamento que regule esas previsiones.

El mismo plazo se autoexige para elaborar y aprobar un plan territorial sectorial para la ordenación del litoral, uno de los aspectos claves de la ley.    Este plan, que determinará la capacidad de carga y la regulación de los fondeos en playas, calas y aguas costeras, abarcará desde el límite interior de la zona de influencia contemplada en la legislación estatal hasta el límite exterior de las aguas costeras, doce millas.

Para la delimitación de las zonas de bajas emisiones de Ciutadella y Maó, que implicará restricciones de tráfico «a los vehículos más contaminantes, a ciertas matrículas, a ciertas horas o a ciertas zonas» se marca un plazo de dos años.

Es el mismo plazo que contempla en el artículo 57 para contar con un plan de competitividad y sectores industriales estratégicos vinculados a la reserva de biosfera y otro plan estratégico integral de comercialización del producto ecológico y de proximidad.

El artículo 26 habla de la estrategia de desarrollo turístico sostenible, que vela por la conservación del paisaje y el patrimonio natural y por no superar la capacidad de carga turística. Remite, sin embargo, al PTI    y al plan de desarrollo turístico de Menorca para regular de forma explícita y con cifras los principios y objetivos de la ley.