La patronal agraria menorquina alega contra la Ley de Conservación de Espacios de Relevancia Ambiental | Gemma Andreu

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La patronal agraria menorquina cree que la modificación de la Ley de Conservación de Espacios de Relevancia Ambiental (LECO) para otorgar una mayor protección, en trámite en el Parlament balear, requiere más participación del sector agrario «por nuestra vulnerabilidad, conocimiento del medio y de nuestra problemática y porque somos motivo de publicidad como modelo de las Islas Balears», señala en su escrito de alegaciones.     

Agrame dice observar con preocupación «cómo las normas y trámites relacionados con el medio ambiente no son en absoluto previsibles, todo lo contrario, resulta un misterio conocer cuál será la interpretación de conceptos», repetidos en el articulado, «como ‘debidamente justificados’, ‘entidad suficiente’, ‘no genere efectos adversos’ porque no solo dependen del técnico que interprete la norma sino que depende de tendencias o incluso de la suerte», indica.

Cuestiona en particular el poder desmesurado que la ley pone en manos del conseller balear de Medio Ambiente. Este podrá declarar por el procedimiento de urgencia y por medio de un decreto la creación de un nuevo espacio de relevancia ambiental. También le atribuye la facultad de suspender las actividades que se lleven a cabo con licencia en estos espacios naturales antes incluso de su declaración como tal.

La patronal menorquina considera que antes debe haberse elaborado un Plan de Ordenación de Recursos Naturales y que la suspensión de actividades debería limitarse a casos de excepcional gravedad.

Es especialmente crítica con un artículo que prevé que la falta de emisión del informe ambiental en un plazo de 90 días «tenga el sentido de silencio de carácter desfavorable». Entiende que en un régimen de protección cautelar, «se impide así un derecho reglado como es la obtención de una licencia sin que se emita el informe de la administración ambiental», explica. Propone, contra la pereza de la administración, que ese informe se entienda como favorable si no ha sido emitido en el plazo establecido.

El régimen de protección preventiva supone otro punto de discordia, «la inclusión de este artículo es contrario a la normativa básica estatal», indica. Con él se pretende «que se pueda producir una suspensión de licencias o una paralización de actividades autorizadas de manera automática. Esto último comportaría aplicar de manera retroactiva un plan que no existe, lo cual resulta manifiestamente contrario a la legalidad», concluye Agrame.