Nadiya Popel recurre ante el Tribunal Superior y apela a su derecho a la libertad de expresión

La defensa de la médico alega que sus opiniones sobre los efectos adversos de la vacuna de AstraZeneca contra la covid-19 «fueron lícitas» y acordes al código deontológico

Seguidores de Nadiya Popel la arropan a su llegada a los juzgados. | Gemma Andreu

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La defensa de la doctora Nadiya Popel ha recurrido ante el Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) la sentencia de un juzgado de lo Contencioso de Palma que ratificó las sanciones que le impuso el Colegio de Médicos por sus declaraciones en contra de la vacunación por la covid-19. La sentencia rechaza el recurso que interpuso Popel y confirma las sanciones de suspensión del ejercicio profesional durante 18 meses y una multa de 51 cuotas mensuales por haber cometido tres faltas graves; también la inhabilita para incorporarse a cualquier otro colegio mientras la sanción esté vigente.

La médico ha señalado en un canal de crowdfunding que colabora con su causa que la sentencia «no es firme y ha sido recurrida», y que espera que «se pueda corregir en instancias superiores», al tiempo que alude a que se trata de «una causa complicada» en la que lucha «contra las instituciones y muchos abogados». Su defensa en el citado recurso hace hincapié en que Nadiya Popel se posicionó sobre las vacunas haciendo uso de su libertad de expresión, con «manifestaciones lícitas, sensatas y amparadas» por ese derecho «de las que hemos perdido conexión por la violencia institucional pandémica y postpandémica».

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El abogado de la doctora asegura que esta es víctima de lawfare o acoso judicial, y recuerda que el motivo de sus opiniones eran las visitas a Urgencias –tras el inicio de la vacunación con AstraZeneca en 2021–, de personas afectadas «por posibles efectos secundarios de la vacuna y la rareza de los síntomas» algunos «muy graves como meningoencefalitis, síndrome de Guillain Barré e ictus».

La defensa de Popel subraya asimismo que esta actuó según el código deontológico al «respetar el derecho del paciente a estar informado en todas y cada una de las fases del proceso asistencial, para que pueda tomar las decisiones», en este caso, los posibles efectos secundarios de AstraZeneca. Vacuna que más tarde fue retirada del mercado aunque la empresa lo justificó únicamente en razones comerciales.

En Menorca, en marzo de 2021, se investigó la posible relación entre dicha vacuna y el diagnóstico de Guillain Barré a una docente que ingresó en la UCI, pero las autoridades sanitarias nunca vincularon ambos hechos.

El apunte

Los trombos de un docente por la vacuna, reconocidos como accidente laboral

La pandemia de coronavirus y la vacunación masiva de la población aún colean en los juzgados. El mes pasado el Juzgado lo Social número 31 de Barcelona dictaminó que la trombosis que padeció un profesor, tras vacunarse contra la covid-19 con AstraZeneca, pueden considerarse accidente laboral en lugar de enfermedad común. Una sentencia pionera que si es confirmada por el Tribunal Supremos puede tener repercusiones económicas. El profesor, de 47 años en 2021 y sin antecedentes médicos, se vacunó a instancias de la Generalitat para poder seguir dando clases, y sufrió efectos secundarios graves que requirieron ingreso hospitalario y una baja laboral de más de un año.