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El abogado considera que es "un auténtico hito" que dará "esperanza" a muchos inmigrantes que han perdido su trabajo

El abogado considera que es "un auténtico hito" que dará "esperanza" a muchos inmigrantes que han perdido su trabajo

MADRID, 14 (EUROPA PRESS)

La magistrada del Juzgado de lo Contencioso administrativo número 3 de Bilbao ha fallado contra la Delegación del Gobierno en el País Vasco una sentencia en la que recoce el derecho de un ciudadano marroquí, S.S., a renovar su permiso de residencia y trabajo en España pese a no cumplir estrictamente los requisitos, por entender que el extranjero buscó "activamente empleo" tras perder su primer trabajo y "debe prevalecer una interpretación más flexible de la norma con atención a las particulares circunstancias" de crisis económica.

Según explicó el abogado, Javier Galpasoro, en declaraciones a Europa Press, S.S. está en España desde el año 2002 y legalizó su situación en 2005, momento desde el que ha tenido "varios permisos de trabajo hasta que intentó renovar el último, el 1 de agosto de 2008", después de haber pasado un tiempo en Marruecos para "cuidar de su padre por una embolia que había sufrido".

"Al regresar a nuestro país, como consecuencia de la crisis, no pudo cotizar el tiempo mínimo suficiente que exige la Ley para poder renovar el permiso, y que es concretamente de 6 meses por cada año de vigencia. Al ser de dos años su autorización, le obligaba a cotizar al menos 1 año en dos semestres diferenciados", explicó.

En este sentido, la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, explica que la Delegación del Gobierno en País Vasco denegó la renovación del permiso de trabajo porque en estos dos años había cotizado 143 días a la Seguridad Social, cantidad insuficiente atendiendo a los requisitos del Reglamento de Extranjería, que impone un mínimo de 180 jornadas trabajadas para ese periodo.

Además, S.S. presentó su solicitud de renovación en agosto de 2008, cuando se encontraba en situación de desempleo, por lo que no cumplía otro de los requisitos impuestos por la normativa. Sin embargo, en el mes de octubre, sin que la Administración hubiera resuelto aún sobre su expediente y estando aún en plazo para acreditar que cumplía las exigencias, encontró un nuevo trabajo, de modo que al final, entre agosto de 2005 y enero de 2009 había cotizado un total de 359 días, que si bien no llegaban al mínimo "poco faltaba", según la sentencia.

"Cabe tener por cumplido, en una interpretación flexible de la norma, el requisito de actividad de tres meses por año, dado que en tres años y cinco meses hay un total de 359 días de alta", señala la sentencia, en la que la jueza explica que "son pocos los días de actividad que le faltan para cumplir las exigencias normativas y debe valorarse la situación de crisis y el alto nivel de desempleo existente".

Además, la jueza valora que "el recurrente acredita una búsqueda activa de empleo durante los periodos de inactividad", que es otro de los requisitos que recoge el reglamento para conseguir la renovación del permiso.

En este caso, el inmigrante se inscribió en el INEM como demandante de empleo, de apuntó a diferentes organismos de búsqueda de trabajo, en Empresas de Trabajo Temporal, una docena según el letrado, y participó en el programa Operativo de Inmigrantes de Lucha contra la discriminación, "participando en itinerarios integrados de inserción".

UN "AUTÉNTICO HITO"

Por todo ello, la jueza reconoce "el derecho del recurrente a que la Administración le conceda el permiso de residencia y trabajo por cuenta ajena en su segunda renovación", de modo que no caerá en una situación de irregularidad sobrevenida derivada de la pérdida de autorización. No obstante, Galpasoro recuerda que "la sentencia no es firme y probablemente el Estado la recurra".

Para el letrado, esta es "la magia del Derecho y de la Justicia" porque "en tiempos de crisis no se puede ser tan exigentes y rigurosos con los requisitos legales, ya que obviamente, este hombre no había podido trabajar tanto por cuidar de su padre enfermo, como porque, al regresar a España, se presenta en toda su virulencia la crisis económica que a él también le salpica, ante la imposibilidad de encontrar nuevos trabajos".

"Estamos ante un auténtico hito, que puede permitir y posibilitar que muchos inmigrantes que hoy están desesperados porque no pueden renovar sus permisos eviten de esa manera volver a la irregularidad de la que salieron o inclusive tener que retornar a sus países forzados por esta dramática tesitura: el paro entre los extranjeros extracomunitarios es 10 puntos por encima del español, alcanza ya el 30%, con lo cual el drama está servido", apuntó Galpasoro.