Uno de los acusados sentado en primera fila durante el juicio. | M.J.U.

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Los dos hombres de 38 y 35 de años de edad, P.T.M. y LL.M.B., acusados de un delito de agresión sexual a una mujer, en Ciutadella, el pasado 3 de enero de 2010, eludirán su ingreso en prisión pese a haber sido condenados ayer a dos años de cárcel y al pago de una indemnización de 15.000 euros a la víctima.

Jaime Tártalo, el juez que presidía el tribunal de la Audiencia Provincial, desplazado al Juzgado Penal de Maó para este juicio, aceptó la petición de suspensión de condena que hicieron sus abogados tras una vista oral con tintes surrealistas dada la incomparecencia de uno de los inculpados, residente en Valencia, que acabó siendo detenido durante la mañana por la Guardia Civil por orden del magistrado.

Los dos letrados de los acusados, Juan Manuel Casasnovas y Maria Eulalia Burgos, el de la acusación, Joan Barceló, y el fiscal, Andrés Barragán, alcanzaron un acuerdo de conformidad por el que se rebajó la condena de 14 años que pedía este último para cada acusado. El fiscal modificó la calificación del delito -agresión sexual con violencia e intimidación- por agresión sexual sin empleo de la fuerza, aunque sostuvo que los acusados obligaron a la mujer a las prácticas sexuales con conocimiento de su enfermedad mental al padecer esquizofrenia y una minusvalía del 70 por ciento. Las dilaciones indebidas por el tiempo transcurrido desde los hechos y el pago ya hecho de una indemnización a la víctima, que se encontraba en una dependencia del juzgado aunque no entró en la sala, incidieron en la rebaja de la pena.

P.T.M. estuvo a punto de romper la conformidad al indicar que no estaba de acuerdo con los hechos que se le imputaban cuando el juez le leía el acuerdo para que lo aceptara. Su abogada le hizo una observación inmediata y acabó aprobando la culpabilidad y la condena evitando la celebración del juicio. Los dos acusados han sostenido siempre que las prácticas sexuales fueron consentidas aunque el acuerdo de conformidad implicó que se declararan culpables.

La suspensión de la pena queda supeditada a que estén cuatro años sin delinquir y se inscriban en un curso de educación sexual, respeto a la mujer y a las personas sin discriminaciones.