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Una educadora de Es Castell ha sido condenada a una multa de dos meses a cinco euros diarios por el Juzgado número 1 de Maó como autora de un delito leve de maltrato de obra, es decir, sin causar lesión, por «haber golpeado con la intensidad suficiente» a un niño de un año y ocho meses el pasado 28 de mayo en la clase, según reza la sentencia dictada por el juez Daniel García del Mar.

Los hechos fueron juzgados el pasado 12 de diciembre en Maó, con declaración de los padres del menor, la educadora y la directora de la escoleta de Es Castell, entre otros.

El juez entiende que el golpe, presenciado por la directora, que fue quien dio cuenta del incidente, fue suficiente para causar una rojez en la mejilla, y excedió las facultades de educación y corrección propias de progenitores y educadores. No considera, no obstante, que fuera tan grave como para condenarla a seis meses de inhabilitación o a una multa mayor como solicitaba la acusación. No estima acreditado en ningún caso que el menor hubiese caído al suelo y tuviese algo de sangre en la boca a causa del golpe de la maestra, como se había denunciado.

La educadora fue expedientada por el Ayuntamiento de Es Castell y después de la conclusión del instructor se resolvió que fuera suspendida diez días de empleo y sueldo.

Ella ha sostenido que en ningún momento golpeó en la boca al menor, sino que le puso la mano delante para que no mordiera a otro niño de la clase.