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El magistrado Fernando Pinto Palacios, titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Maó, ha desestimado íntegramente la demanda interpuesta por Quesería Ibérica contra Quesería Menorquina y al mismo tiempo ha declarado la ineficacia del acuerdo suscrito por ambas compañías en octubre de 2017 al no haberse cumplido la condición de que el Govern balear participase como garante de la operación.

Destaca de esta sentencia, de 76 páginas, su contundencia y la rapidez con que ha sido redactada por el juez Pinto, que también condena a la empresa palentina al pago de las costas procesales causadas con su demanda a la compañía menorquina y sus directivos, lo que implica temeridad y mala fe.

Es cierto que Quesería Ibérica puede interponer recurso de apelación, pero deberá rebatir con argumentos creíbles y solventes los fundamentos de derecho de una resolución que cierra una etapa de incertidumbre en Quesería Menorquina.

Es el momento de reconocer el compromiso y las gestiones realizadas, en un entorno de muchas dificultades, para reflotar la fábrica de Maó. El comité y la plantilla deben reflexionar a la luz de esta sentencia.