Ya se puede votar por correo. | Efe

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Desde este lunes 8 de abril ya se puede votar por correo para las elecciones generales, que se celebrarán el próximo 28 de abril. El plazo para votar finaliza el próximo 24 de abril.

Las personas que aún no hayan solicitado el y estén interesados en elegir a sus representantes en el Congreso de los Diputados y el Senado, pero no puedan acudir a su colegio electoral, , que coincide con el Jueves Santo. Para solicitar el voto por correo es necesario llevar la documentación que permita comprobar la (DNI, carnet de conducir, pasaporte o tarjeta de residencia de extranjero). Los por enfermedad o incapacidad podrán autorizar notarialmente a otra persona para que lo haga. Además, deben añadir un al impreso de solicitud de voto por correo.
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Los electores empezarán a recibir este lunes la documentación necesaria para poder ejercer su derecho a votar por correo; el plazo previsto para remitir esta documentación a los electores es el comprendido entre el 8 y el 21 abril.

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