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El gobierno catalán mantendrá el curso que viene el modelo lingüístico vigente, pese a que el Tribunal Supremo, en una sentencia publicada ayer impone también el castellano como lengua vehicular en el segundo ciclo de educación infantil en Cataluña, igual que el catalán.

En la sentencia, que ha causado una tormenta política en Cataluña, el Supremo estima parcialmente el recurso de una familia contra una sentencia del pleno de lo contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que avalaba el decreto de la Generalitat de 2008 sobre el segundo ciclo de la educación infantil -de 3 a 6 años- y declara nulos varios artículos, que establecen el catalán como lengua vehicular en las escuelas.

El fallo del TS advierte que la atención individualizada es tan discriminatoria como la segregación de alumnos por razón de lengua.

El Supremo basa su fallo en la resolución del Constitucional sobre el Estatut, que, según dice, otorga al castellano la condición de lengua vehicular en la enseñanza igual que el catalán.

La sentencia del TS anula por inconstitucionales los artículos 4.1, 4.3, 4.4 y 4.5 del Decreto, que establecen que el catalán debe ser la lengua de expresión en las actividades de las escuelas -tanto internas como externas-, descarta la separación de los alumnos en función de la lengua, implanta metodologías de inmersión lingüística y obliga a los centros a aprobar un proyecto para el catalán.

También revoca los artículos 10.1, que obliga a los centros a aprobar un proyecto educativo para conseguir la normalización del catalán en todos los ámbitos docentes y administrativos, y el 14.3, que establece que las escuelas deben dedicar atención preferente a los alumnos inmigrantes para que aprendan el catalán.

El Supremo rechaza que el castellano "quede reducido en su uso al de objeto de estudio de una asignatura más, sin que se haga efectiva su utilización como lengua docente y vehicular en la enseñanza".

Para el alto tribunal, también es inconstitucional la atención individualizada que ofrece la Generalitat a los alumnos que soliciten ser escolarizados en castellano, lo que a su juicio "conduce a una situación de discriminación prácticamente idéntica a la separación en grupos de clase por razón de lengua habitual".

Respecto a la incorporación al sistema educativo de los alumnos extranjeros que no conozcan ni el catalán ni el castellano, el Supremo obliga a que la Generalitat inicie a los recién llegados "en esa temprana edad" también en el conocimiento del castellano como lengua cooficial y vehicular en la enseñanza.

La mayoría de partidos catalanes critican la sentencia.