El expresidente del Govern, en una de sus comparecencias en la Audiencia de Palma - Pere Bota

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El magistrado de la Audiencia Provincial de Baleares Juan Jiménez  ha condenado al expresidente del Govern Jaume Matas por un delito de  cohecho, en su consideración de pasivo impropio, a una multa total de  9.000 euros y al comiso de los 42.111 euros que recibió como regalo a  través de la contratación ficticia de su mujer por parte de un  conocido hotelero mallorquín. Una cantidad que, subraya, «era  realmente una donación al señor Matas» en atención a su cargo «y no  la retribución de un trabajo realizado por su esposa».

Se trata, por tanto, de la segunda condena a la que se enfrenta el  que fuera ministro de Medio Ambiente bajo la presidencia de José  María Aznar, sobre quien ya pesan nueve meses de cárcel por el primer  juicio en el que se sentó en el banquillo dentro del caso Palma  Arena. Precisamente, la Audiencia debe decidir en breve si suspende  su ingreso en prisión mientras se tramita el indulto que ha  solicitado ante el Gobierno para evitar su encarcelamiento.

En su sentencia, el magistrado acoge las conclusiones alcanzadas  por el tribunal del jurado que juzgó a Matas por estos hechos e  impone la pena exacta que solicitaba la Fiscalía Anticorrupción, al  considerar acreditado que los pagos de 3.000 euros mensuales que  durante todo 2007 se le abonaron a Maite Areal «no era más que una  prebenda o donación» por su condición de presidente del Ejecutivo  autonómico. De hecho, asevera que de no haber ostentado este cargo no  habría resultado agasajado con dádiva alguna.

La resolución apunta a la comisión de idéntico delito -cohecho  pasivo impropio- por el que en su día se sentó en el banquillo el  expresidente de la Generalitat Valenciana Francisco Camps, acusado,  en su caso, de recibir en virtud de su cargo regalos en forma de  trajes procedentes de la trama Gürtel. Cohecho pasivo por solicitar y  obtener el regalo para sí en consideración a su condición, e impropio  por recibir la dádiva sin que, aparentemente, el empresario exigiese  por ello contraprestación alguna por parte de la Administración.

A lo largo de sus 24 páginas, la sentencia, dictada por el mismo  magistrado que el pasado mes de mayo emitió el único voto particular  favorable a la imputación de la Infanta Cristina en el marco del caso  Nóos, subraya cómo Matas solicitó y obtuvo los 42.111 euros con la  «instrumentalización de un contrato de trabajo del donante» -el  administrador del hotel Valparaíso, Miquel Ramis- «con su esposa».  «Ello fue una mera apariencia destinada a dar cobertura legal al  hecho punible», recalca.

Tal y como abunda la resolución, si bien la simulación del  contrato obligó a ingresar el dinero en la cuenta bancaria de Areal  «por motivos obvios», no se puede obviar que el solicitante de la  prebenda fue Matas, que el hotelero a quien pidió las cantidades «se  sintió comprometido y presionado por ser Matas presidente del Govern  y otorgarle dicho cargo ascendencia y capacidad de influencia, y que  el dinero entregado no era más que una dádiva» realizada en favor del  entonces máximo mandatario balear, «no a su mujer».

«La señora Areal no interviene en nada. Ni pacta, ni contrata, ni  trabaja ni devenga salario alguno. Sólo recibió en su cuenta el pago  acordado entre los dos señores», precisa Jiménez en alusión al  exlíder del PP balear y al hotelero Miquel Ramis. «Nadie regaló un  año de salario a la señora Areal. Ninguna empresa asume el coste de  un año de un trabajador improductivo por amistad», añade el  magistrado pulverizando los argumentos esgrimidos por la defensa de  Matas, quien alegaba que pidió a Ramis trabajo para su mujer porque  eran «amigos» y no por ser presidente de la Comunidad.

De hecho, el presidente del jurado popular afirma que «sólo se  puede entender» que alguien acceda a esta petición «si el solicitante  y beneficiario de los pagos es el presidente del Govern balear».  Tanto es así que, incide, «la acción consistió en solicitar y obtener  un regalo de un empresario de la isla que accedió a ello por sentirse  comprometido y presionado» por la máxima autoridad del gabinete  autonómico.

INTENTO DE OCULTAR LA DONACION DEL HOTELERO

De ahí que, señala, «la redacción y firma de un contrato de  trabajo, el alta en la seguridad social y la entrega de hojas de  salarios mensuales no son otra cosa que el intento de ocultar la  donación dándole una cobertura legal. No obstante no existió relación  laboral alguna, y así lo percibió y expresó el jurado» cuando declaró  culpable a Matas, en su veredicto, de haber exigido la contratación  ficticia para encubrir el cohecho en atención a su cargo.

En esta línea, remarca que «no se trata sólo de que ñArealí no  apareciera por el centro de trabajo, sino que no recibió orden ni  directriz alguna que pusiera de manifiesto el poder de dirección de  la empresa, que la vinculase a ella directa o indirectamente, que la  situase dentro del ámbito de dirección y organización del empleador».  «Existió una pura y simple donación del empresario hotelero al señor  Matas disfrazada de salario por el trabajo de su esposa», subraya  tajante la sentencia.

En contra de todo ello, Matas manifestó que, «sinceramente, nunca  se me había pasado por la cabeza que, después de tanto tiempo,  tendría que acudir a un juicio por esto». Sobre todo, apuntó en el  turno a la última palabra al término del juicio, «por pedir a un buen  amigo de más de quince años un puesto de trabajo para mi mujer, un  amigo que nunca me ha pedido nada y que es evidente que no necesita  nada de la Administración».

Según alegó durante la vista oral, pidió al hotelero que  contratase a su mujer «como haría cualquier padre de familia: ir a un  amigo y pedirle trabajo». El acusado llegó a asegurar, para  justificar este modo de proceder, que tenía «una gran confianza» con  el hotelero ya que «cada año celebrábamos matanzas juntos, mi mujer  iba con él en barco y hemos pasado Nocheviejas juntos».

EL CASO PALMA ARENA, DIVIDIDO EN 27 PIEZAS SEPARADAS

Se da la circunstancia de que Matas está siendo investigado en  numerosos flecos del caso Palma Arena que, dividido en un total de 27  piezas, indaga a nivel global un presunto desvío de más de cincuenta  millones de euros durante la construcción del velódromo palmesano  (2005-2007) y su posible conexión con el tren de vida llevado por  Matas como presidente de la Comunidad balear.

Asimismo, la causa centra sus pesquisas en la financiación  supuestamente ilegal del PP balear; la presunta malversación de  fondos de Baleares y Comunidad Valenciana a través de las actividades  del Instituto Nóos, y la contratación del arquitecto Santiago  Calatrava por parte del Govern para la elaboración del anteproyecto  de la Opera de Palma, cuya construcción finalmente no se llevó a  cabo.