Sede. Equipo de gobierno y oposición solicitarán informes jurídicos

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L.M.F. Maó
"Orgullosos de que el Consell actúe según la legalidad". Así se declaraba Gabriel Subirats, tras revisar el expediente 4301/000009. AE/2005 que concluyó con la adjudicación a Whitwell S.L., de un contrato para la prestación de servicios y programas de atención educativa infantil en agosto de 2005. El conseller de Servicios Generales y Trabajo, reiteró ayer que el concurso en el que se impuso la empresa de la ex consellera García Querol se realizó de acuerdo a lo dispuesto en la legislación vigente y cumplimentando todos los trámites necesarios.

En este sentido, Subirats manifestó que, como en cualquier otro procedimiento, se solicitó a García Querol, en su calidad de administradora de Whitwell, S.L., una declaración responsable sobre incompatibilidades y capacidad de contratar. "García Querol entregó la declaración y no tenemos más que decir", afirmó el conseller, quien se mostró convencido de que cumplimentado este trámite, nada impedía la contratación.

Abonan su convencimiento, según explicó Subirats a este periódico, el hecho de que ni desde Secretaría ni desde Intervención ni desde los servicios técnicos se pusiera ningún inconveniente, ni que tampoco el Partido Popular, a quien se dio copia del contrato en 2007, o la Sindicatura de Cuentas expresaran reparo alguno sobre el expediente administrativo. "El procedimiento es correcto y estamos orgullosos de actuar según la ley", concluía el conseller.

Dudas
El Consell, a través de Subirats, se reafirmaba en su defensa de un procedimiento garantista de los principios de transparencia, publicidad y concurrencia y adecuado a la legalidad vigente. Con todo, la lectura de la normativa reguladora de aquel procedimiento- el Real Decreto 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas- sugiere dudas sobre la actuación de la institución insular en el expediente 4301/000009. AE/2005.

En este sentido y según el artículo 20. e) de dicho Real Decreto, en ningún caso pueden contratar personas físicas o administradores de personas jurídicas- caso de García Querol- incursos en supuestos de incompatibilidad. Para el ámbito de Balears estos supuestos se concretaron en la Ley 2/1996 de incompatibilidades de los miembros del Gobierno y de los altos cargos de la Comunidad Autónoma de Balears, a la que se remite el Reglamento Orgánico del Consell.

Así, del artículo cuarto de la ley autonómica se deducía la imposibilidad de contratar de García Querol, al no haber pasado un año desde su renuncia al acta de consellera. Pese a ello, la administradora de Whitwell S.L. aportó una declaración manifestando estar en condiciones para contratar y no estar incursa en causa de incompatibilidad, sin que, a tenor de las explicaciones ofrecidas desde el Consell, el servicio de contratación apreciase, en ningún momento, que concurría prohibición para contratar, una obligación contenida en el Real Decreto 2/2000.
De conformidad a lo establecido en el artículo 21 de dicha norma "las prohibiciones para contratar contenidas en las letras b), e), f), i), j) y k) del artículo anterior se apreciarán de forma automática por los órganos de contratación". Sin embargo, esta circunstancia se pasó por alto, no se debió contrastar el contenido de la declaración con una realidad relativamente cercana- la presencia de García Querol en el Consell 11 meses antes- y se adjudicó un contrato, nulo de pleno derecho, según el artículo 22 de esta norma.

Tanto Subirats como el PP han solicitado sendos informes a los servicios jurídicos de la institución insular. El primero para que avalen la legalidad del procedimiento; el segundo, para descartar una infracción, por la que, de confirmarse, pedirían responsabilidades a Marc Pons, según han anunciado.