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La Audiencia Provincial de Palma ha confirmado la condena a un hombre que derribó con un tractor una torre de tendido eléctrico de la compañía Endesa Distribución Eléctrica en el predio de Son Sintas, en Ciutadella.

El 29 de septiembre del año pasado, el Juzgado número 2 de Ciutadella condenó al conductor del tractor, y a la entidad Son Sintas SRM a pagar a Endesa 6.165,34 euros más los intereses legales desde la fecha del siniestro, el 7 de diciembre del 2006.

El conductor del vehículo se amparó en el informe pericial que se acompañó a la demanda, en el que se afirmaba que el choque fue fortuito, por lo que no debía responder, en consecuencia, de los daños ocasionados a la torre. Según el reciente fallo de la Audiencia, "en el caso que nos ocupa parece claro que lo que sucedió es que por distracción o por falta de cuidado el conductor del tractor no advirtió que entre unas cañas que estaba desbrozando se hallaba una torre de electricidad y que cuando encontró un obstáculo en su labor, en vez de detener la máquina y proceder a ver qué ocurría aceleró para sortearlo, con tan mala suerte que se trataba de esa torre que derribó con la fuerza del tractor. Por tanto, -afirma- no se trata de un suceso imprevisible o previsto pero evitable. En este sentido –apunta el magistrado Pedro Munar-, dadas las dimensiones de la torre, aunque se pueda admitir que las cañas a eliminar fueran altas, no lo eran tanto para impedir verla si hubiera prestado una mínima atención". "Es más -insiste la Audiencia- ni tan siquiera esa altura de las cañas puede originar una disminución en su responsabilidad porque el que la distribución de energía pueda ser considerada o no una actividad de riesgo, lo que es patente que quien tiene que conservar el terreno en que se halla colocada la torre de alta tensión es el propietario del terreno quien tiene que procurar el correcto mantenimiento de la parcela donde se halla ubicada para facilitar, en su caso, el acceso de los operarios de Endesa".

El fallo de la Audiencia reafirma, por otro lado, el acierto de la resolución dictada en primera instancia por el Juzgado número 2 de Ciutadella que absolvió a la compañía Mapfre Agropecuaria Mutualidad Seguros a Prima Fija, ya que, en primer lugar, el propio titular de la parcela reconoció que la finca no estaba asegurada y que hacía pocas fechas había suscrito una póliza de responsabilidad civil para la misma y, además, en la póliza se señalaba un lugar de situación de riesgo que no se correspondía con la finca, sino que, en realidad, se hallaba a 30 kilómetros del escenario del siniestro.

El Juzgado de Ciutadella absolvió también al propietario de la parcela. Endesa pedía en su recurso que se revocara el fallo y se le condenara, al entender que al ser el titular del terreno y dar las órdenes directas al conductor, debía responder por los hechos acaecidos. La Audiencia aclara, sin embargo, que el conductor era empleado de Son Sintas Sociedad Rural Menorquina, de la que el propietario del lloc era representante legal, y que es la SRM como explotadora de la parcela y no el dueño de la finca quien debe responder por los hechos.

En el fallo, al que ha tenido acceso "Es Diari", el tribunal revoca parcialmente la sentencia de 15 de diciembre de 2009 dictada por el Juzgado número 2 de Ciutadella, en el sentido de que no se hace especial pronunciamiento sobre las costas causadas a Mapfre Seguros SA y al propietario de Son Sintas.