Establecimiento. La transformación del tejido comercial menorquín sigue pendiente - Paco Sturla

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Desde la institución insular se recuerda que las restricciones contempladas en el PTI no se aplican por existir normativa de rango superior que las contradicen

Que la jurídica no es una ciencia exacta se vuelve a demostrar una vez más a cuenta de las dudas que han surgido tras la decisión del Consell de no proseguir con la tramitación del Plan Director Sectorial de Equipamientos Comerciales y que, en ningún caso, comparte la institución insular. "La implantación de comercios en Menorca cuenta con toda la seguridad jurídica exactamente igual que cuando estaba vigente la aprobación inicial del PDSEC", aseguran.

En este sentido, desde el Consell clarifican que esta seguridad jurídica proviene del hecho de que el Plan Territorial Insular es un instrumento en plena vigencia siempre que no entre en contradicción con las legislaciones autonómica, estatal y europea. Y esto es así, por mucho que este instrumento normativo insular no haya adaptado su articulado a normas de rango superior, como ha sucedido en el caso de la Directiva europea relativa a los servicios del mercado interior, conocida como Bolkestein.

Bolkestein
Esta directiva implicaba la eliminación progresiva de restricciones nacionales en lo que a prestación de servicios se refiere, también los relativos a actividad comercial, y el PTI debía haberse adaptado a ella antes del 28 de diciembre de 2009. Aunque hasta el momento no se ha abordado esta modificación, la regulación de los establecimientos comerciales contenida en el capítulo VI de la normativa insular habría quedado sin efecto, según recuerda el conseller de Ordenación del Territorio, Cristóbal Huguet.

Es este capítulo el que esgrimen quienes defienden que sin PDSEC no se podrán implantar determinadas tiendas por cuanto establece que quedan excluido el uso de grandes superficies comerciales y establecimientos no especializados de grandes dimensiones, así como aquellos cuya implantación implique un impacto comercial negativo. Sin embargo, Huguet insiste en que estas limitaciones han desaparecido.

Similar argumento se predicaría respecto de las limitaciones que pudiera contener la ley balear de comercio en lo que a metros cuadrados de las superficies comerciales se refiere, que decaerían ante las previsiones normativas comunitarias. Además, respecto de estas superficies, "la legislación balear establece la obligatoriedad de la obtención de licencia autonómica para la apertura de establecimientos que superen los 400 metros cuadrados, sin poner límites a la superficie", añade el conseller.

La institución insular ha querido salir al paso de las opiniones vertidas por diferentes expertos- como las recogidas en la edición del "Menorca" de ayer- y colectivos, relativas a la inseguridad jurídica que origina la retirada del Plan Director Sectorial de Equipamientos Comerciales, cuya tramitación fue suspendida tras un acuerdo plenario adoptado este mes.

"Los inversores no han de tener dudas que, cumpliendo los requisitos oportunos, podrán implantarse en Menorca", aseguran desde el Consell, donde desconocen los proyectos concretos que puedan estar pendientes en este momento. "Hay que tener en cuenta que el Consell no interviene en procedimientos que se desarrollan en suelo urbano, cuyas licencias dependen de una tramitación ante el Ayuntamiento correspondiente", subraya Huguet.