Cualquier infracción en el núcleo urbano será multada con 80 euros - Cris

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Hasta ahora, quien cometía una infracción encima de una bicicleta en Ciutadella no sabía exactamente cuánto le podía costar la multa que recibiría en caso de ser pillado. Para acabar con esta indefinición, el equipo de gobierno ha modificado la ordenanza de circulación y ha fijado una sanción idéntica para todas las irregularidades recogidas en la ordenanza: 80 euros.

Así, el ciclista que no circule por el carril "velo" cuando éste esté disponible se enfrenta a una multa de 80 euros. La misma cantidad que deberá pagar quien circule por encima de las aceras, hablando por el teléfono móvil o que no señalice las maniobras con el brazo izquierdo. Esta ordenanza complementa la que ya se aprobó en su día, y que ya establecía aquellas conductas que pueden ser sancionadas. De este modo, se especifica que en las zonas peatonales, como en todo el núcleo antiguo de la ciudad, los ciclistas solamente podrán circular encima de la "velo" siempre que la aglomeración de gente lo permita, y esto se mide con un simple cálculo: si no se puede pasar con la bicicleta dejando un metro de distancia entre el vehículo y los peatones, al ciclista no le queda más remedio que bajarse de la bicicleta y seguir a pie, empujando su velo hasta que la situación le permita pedalear de nuevo.

La ordenanza de circulación, además de concretar las reglas que debe seguir cualquier ciclista, especifica, entre otras muchas cosas, que los cuadriciclos no podrán circular en ningún caso por el núcleo urbano de la ciudad, y que su uso, por tanto, quedará limitado a las urbanizaciones.

Sobre los vados, la ordenanza amplía el abanico de posibilidades sobre esta figura que resguarda los garajes del municipio. Así, con la normativa en la mano, existen tres tipos de vados. El llamado permanente, el de toda la vida, que prohíbe estacionar frente a la cochera las 24 horas del día durante todos los días del año. Después, está el vado llamado laborable, que impide estacionar los días laborables de 8 a 20.30 horas y se concede a establecimientos muy específicos. Por último, se crea el vado nocturno, que establece un horario de restricción de aparcamiento solo durante la noche, de 20 a 9 horas del día siguiente.