Ofertas. La formalización de hipotecas ha bajado en picado, pero persisten algunas cláusulas irregulares - Paco Sturla

TW
0

Expongamos el caso. Una ciudadana acude a un banco para solicitar una hipoteca. Quiere adquirir una vivienda en Ciutadella, y necesita financiación, como casi todo el mundo que decide comprar una casa o un piso. Tras negociar con la entidad financiera, consigue el préstamo, y fijan día y hora para firmar ante notario la hipoteca y la compra-venta del inmueble.

Un día antes de la operación, esta clienta prevenida acude al banco y, haciendo valer su derecho, solicita una copia de la escritura de la hipoteca para saber lo que va a firmar el día después. La sorpresa llega cuando, al leer la letra pequeña, se da cuenta de que el banco le pone una cláusula mediante la cual le prohíbe alquilar la vivienda. Entre sorprendida e indignada, esta usuaria acude al banco a pedir explicaciones, y finalmente consigue eliminar esta cláusula del contrato.

Esta situación no es excepcional. Desde la Asociación de Usuarios de Banca (AUSBANC), explican que la imposición de cláusulas abusivas en la letra pequeña de los contratos con los bancos es aún práctica habitual. En este caso concreto, existe una sentencia del Tribunal Supremo que entiende que esta limitación fijada por la entidad bancaria es irregular, y que puede considerarse una cláusula abusiva. Y esta situación tiene más sentido que nunca en estos tiempos de crisis, en los que personas que poseen una propiedad pero no pueden hacer frente a las cuotas de la hipoteca deciden alquilarla para así estar al día con el banco. Es en este punto donde se genera la controversia.

La sentencia del Supremo califica como abusiva la cláusula en cuestión, pero añade que puede entender la postura de los bancos, puesto que la Ley de Arrendamientos Urbanos garantiza que la persona que vive alquilada en un piso no puede ser desalojada de la vivienda durante los primeros cinco años de contrato, ni siquiera si durante este tiempo la vivienda pasa a manos de las entidades financieras por el impago de hipotecas. La propia sentencia entiende que este hecho puede suponer una pérdida de valor de la vivienda, puesto que son pocos los compradores que querrán un inmueble con un inquilino habitándolo

La delegada en Balears de AUSBANC, Isabel Martorell, afirma que aún hoy la inclusión de cláusulas abusivas en las hipotecas es "habitual", incluso después de que la sentencia que se citaba anteriormente declara como irregulares más de veinte condiciones impuestas por las entidades financieras. En el caso de la que prohíbe el alquiler, Martorell informa que si ha sido declarada abusiva, los clientes que tengan una hipoteca que contenga esta exigencia pueden solicitar la modificación de la escritura para eliminarla sin coste alguno para ellos, puesto que los gastos de notaría debería asumirlos la entidad financiera.