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Uno de los dos guardias civiles acusados de un delito contra la salud pública al colaborar en la introducción de droga en Menorca, D.F.L.C, ha sido condenado por la Audiencia Provincial de Palma a seis años de prisión y a una multa de 90.000 euros, mientras que su compañero ha sido absuelto al no quedar demostrado que tuviera consciencia de estar colaborando con la entrada de cocaína en la isla, según la sentencia hecha pública este viernes.

La Audiencia Provincial de Palma ha emitido una nueva sentencia teniendo en cuenta en esta ocasión las escuchas telefónicas que fueron declaradas nulas por la misma Sala el 22 de marzo de 2011. Cabe recordar que la Audiencia consideró los 'pinchazos' como una intervención "injustificada y desproporcionada" y dictó la absolución de los siete acusados de narcotráfico, entre ellos los dos guardias civiles.

Sin embargo, el Ministerio Fiscal interpuso un recurso de casación contra la sentencia de la Audiencia que fue estimada por el Tribunal Supremo, lo que anuló la anterior sentencia y declaró válidas las intervenciones telefónicas.

De este modo, el nuevo fallo de la Audiencias Provincial de Palma condena a seis años de prisión y a pagar una multa de 90.000 euros a uno de los guardias civiles imputados como responsable de un delito contra la salud pública que causa grave daño a la salud y agravado por haber cometido el delito aprovechándose de su condición de Guardia Civil.

La Sala considera probado que D.F.L.C. realizaba gestiones para que los vehículos que portaban la droga desde Barcelona por vía marítima pudieran pasar sin problemas los controles efectuados en el puerto de Maó por otros agentes de la Guardia Civil. "Todo ello lo hacía el acusado a cambio de dinero y cocaína, al que el agente era adicto", explica la sentencia.

Por su parte, la Sala absuelve al otro guardia civil implicado en los hechos quien, según las investigaciones, asesoró a uno de los cabecillas de la organización en el momento en que uno de los vehículos con droga fue retenido por la Guardia Urbana de Barcelona antes de iniciar su viaje a Maó. La sentencia narra como el agente realizó diversas gestiones para que el automóvil pudiera finalmente viajar sin problemas.

No obstante, los magistrados no consideran probado que el guardia civil fuera consciente de que estaba colaborando en la introducción de droga en la Isla. "Abrigamos ciertas dudas, que nos obligan a pronunciarnos a favor de la absolución, respecto a si el agente era consciente, siquiera por dolo eventual, de que en el interior del vehículo viajaba la droga posteriormente intervenida", afirma la sentencia.

Por otro lado, la Audiencia condena a J.G.P y a D.R.G, ambos de nacionalidad colombiana, a cinco años de presión y una multa de 35.000 euros, al primero de ellos como organizador de los transportes y al segundo como porteador de los mismos.

Del mismo modo, establece la pena de tres años y un día de prisión y una multa de 100 euros a J.M.S y J.C.M, ambos de nacionalidad española, quienes según la sentencia se encargaban de la venta al por menor de la droga llegada a Menorca.

Finalmente, J.M.M.O, natural de Máo, es condenado a cuatro años de prisión y una multa de 100 euros. Éste último también vendía cocaína pero, además, fue anteriormente condenado por sentencia firme en febrero de 2002 por un delito contra la salud pública a la pena de tres años y ocho meses de prisión.