Reunión. Los representantes de los consells y el Govern se reunieron el jueves en Palma - PGIB

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El Consell de Govern autorizó ayer la concesión de los anticipos del ejercicio 2012 a cuenta de la financiación que corresponda a cada consell insular en 2013, en concreto 25 millones de euros en el caso del Consell de Mallorca, tres en el de Menorca y otros tres en el de Eivissa.

Así lo señaló en rueda de prensa posterior el portavoz del Govern, Rafael Bosch, quien explicó que todo ello es en concepto de fondo interinsular de financiación de los servicios o del fondo o mecanismo de financiación que establezca la ley que regule el nuevo sistema de financiación de los consells.

Tal y como precisó, la imputación de estos anticipos en el sistema de financiación, como también de los relativos a los años anteriores, se hará de la manera que establezca la nueva ley que regulará el sistema de financiación definitiva.

Las cantidades previstas se suman a las pendientes de años anteriores, recalcando Bosch que se trata de un asunto "histórico". En esta misma línea, precisó que de forma "periódica" se realizan transferencias a los consells si bien no ha sabido precisar si de forma "mensual o trimestral". "Depende de la Tesorería", apostilló.

Cabe recordar que el Govern tiene previsto aprobar la nueva ley de financiación de los consells durante el año 2013, con efecto retroactivo a partir del 1 de enero del mismo año. En concreto, la Ley 2/2002, de 3 de abril, tiene por objeto establecer el sistema de financiación definitiva de las Instituciones insulares conforme a lo dispuesto en el Estatut d'Autonomia y la Ley de los Consells Insulars.

Para ello, la Ley de Medidas Tributarias y Económico Administrativas crea el Consejo Financiero Interinsular -que precisamente se reunió este jueves- con la finalidad de conseguir la coordinación adecuada entre el Govern y los consells en esta materia y articular el desarrollo y la revisión del sistema de financiación de los mismos.

Por su parte, el Decreto 51/2008, de 18 de abril, regula la composición, el funcionamiento y las atribuciones de este órgano y establece que los acuerdos adoptarán la forma de recomendaciones, que serán elevadas a la consideración del Consell de Govern y de cada una de las administraciones supramunicipales.