Calles. Los residentes en Dalt Sant Joan defendían que por la peculiaridad de sus vías no tenían por qué pagar la tasa municipal de vado - Archivo

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El Tribunal de lo Contencioso-Administrativo de Palma ha desestimado las 34 demandas presentadas contra el Ayuntamiento de Maó por los vecinos del barrio de Dalt Sant Joan. Los residentes reclamaban la exención de pagar la tasa de vado debido a la peculiaridad de sus calles, que no disponen de aceras y por su estrechez no permiten el estacionamiento.

La Justicia ha avalado de este modo la política impulsada por el equipo de gobierno liderado por Águeda Reynés que tanta polémica ha creado. Además de los vecinos de Dalt Sant Joan, la revisión de la ordenanza municipal de vados levantó también ampollas entre los residentes en las urbanizaciones de Es Canutells, Binixíquer y Cala Llonga.

Una de las sentencias a la que ha tenido acceso este periódico recalca que, según el Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, las entidades locales podrán establecer tasas por cualquier supuesto de utilización o aprovechamiento especial del dominio público local y, en particular, por las entradas de vehículos a través de las aceras y reservas de vía pública para aparcamiento exclusivo, parada de vehículos y carga y descarga de mercancías.

En esta línea, la resolución judicial apunta que los caminos y calles son bienes de dominio y uso público local, de los que puede hacerse un aprovechamiento especial sobre el que las corporaciones pueden establecer una tasa. De este modo, considera que en el caso de los residentes de Dalt Sant Joan no puede dudarse del aprovechamiento especial que supone la entrada de vehículos a través de cada una de las vías. No entra la sentencia en el hecho de que haya o no acera, algo que los vecinos consideran fundamental porque en el primer requerimiento recibido desde el Ayuntamiento para que solicitaran y pagaran el vado se indicaba que "el concepto tributario entrada de vehículos supone la utilización de la acera para el acceso rodado, y en ningún caso significa reserva de aparcamiento".

El resto de las sentencias (las 34 demandas se repartieron entre tres salas) del Tribunal de lo Contencioso Administrativo son similares y, todas ellas, desestiman la reclamación de todos los vecinos quienes, presumiblemente, acatarán esta resolución puesto que la nueva ley de tasas judiciales les obligaría a pagar 800 euros a cada uno por presentar un recurso de apelación.

Modificación

Entre los residentes de Dalt Sant Joan existe la sensación de que gracias a su protesta el Ayuntamiento ha impulsado una modificación de las tasas por ocupación de dominio público. En esta línea, cabe recordar que durante el pleno del mes de octubre de 2012, populares y socialistas aprobaron por unanimidad la nueva ordenanza, que incluía una rebaja del 10 por ciento para todos los vados más un descuento adicional del 25 por ciento para aquellos que no supongan la eliminación de una plaza de aparcamiento.

Desde que se desató la polémica a principios de septiembre del año pasado, el teniente de alcalde de Servicios Generales, Salvador Botella, ha defendido en todo momento que la regulación de la ordenanza aplicada por el Ayuntamiento no tiene en ningún caso un afán recaudatorio sino que el objetivo final es garantizar la seguridad vial.

El equipo de gobierno decidió revisar la norma municipal tras detectar que casi la mitad de los propietarios de vados permanentes de Maó no pagaban la tasa correspondiente. En concreto, un estudio elaborado por el Ayuntamiento determinó que el 43 por ciento de los vados se encontraban en situación irregular.