Cantera. El Govern pretende aprobar una nueva normativa relativa a esta actividad económica - Archivo

TW
0

La prohibición de abrir nuevas canteras en áreas de especial protección, salvo en aquellos "casos excepcionales" previstos en el Plan Director Sectorial de Canteras de Balears, saltaría por los aires de entrar en vigor con el redactado actual la nueva Ley de Ordenación Minera de Balears, cuyo borrador presentó hace unos días el conseller de Economía y Competitividad, Joaquín García, a agentes sociales, políticos y económicos de las Islas.

El detonante es la modificación, a través de una disposición final, de la Ley 1/1991 de Espacios Naturales y de Régimen Urbanístico de las Áreas de Especial Protección de Balears. El nuevo redactado excluye cualquier término prohibitivo y dice textualmente: "En las áreas de especial protección solo se permitirá la apertura de nuevas canteras en casos adecuadamente justificados y cumpliendo las previsiones de la Ley de Ordenación Minera de Balears".

Y no solo eso, ya que la futura ley entiende como "mero mantenimiento de la explotación existente" y "en ningún caso apertura de nueva cantera" la actualización o regularización de los derechos mineros que afecten a lugares de relevancia ambiental, por lo que se exoneraría a los promotores de la obligación de cumplir con determinados trámites administrativos como, por ejemplo, el informe de impacto ambiental.

Éstas son solo algunas de las facilidades que el Govern daría a los empresarios canteros de Balears de salir adelante, sin variaciones, el borrador del anteproyecto de la Ley de Ordenación Minera de Balears. Otras buscarían desbloquear asuntos que se han convertido en verdaderos quebraderos de cabeza para este sector.

Sería el caso de los artículos dirigidos a regularizar la situación de muchas canteras, como el que da de plazo hasta finales de 2014 para obtener la declaración de impacto ambiental o el que obliga a los ayuntamientos, y en su defecto al Consell, a adaptar en un tiempo no superior a los tres meses la calificación del suelo sobre el que se asientan las canteras y delimitar así su uso extractivo.

En este punto, la norma incluye otra ventaja para los promotores: no será necesaria la declaración de interés general que prevé la Ley 6/1997 de Suelo Rústico de Balears y cuyo otorgamiento compete a los consells insulares. De este modo, se excluye la actividad extractiva de los usos condicionados que recoge el Plan Territorial Insular en suelo rústico.

CENTRALIZACIÓN
La futura Ley de Ordenación Minera de Balears centraliza buena parte de la decisiones ejecutivas en materia de minas y canteras en el Consell de Govern. Es cierto que crea el Consejo de la Minería, del que formarán parte ayuntamientos y organizaciones sindicales y empresariales, entre otros, pero su carácter, a tenor del redactado actual, sería meramente consultivo.

Además, el Govern se reserva la potestad de decidir en último término en el caso de que los órganos ambientales o los ayuntamientos, a quienes se presupone la obligación de emitir informes preceptivos, emitan dictámenes desfavorables a la concesión de autorizaciones para la actividad extractiva. Así queda recogido en el apartado c) del artículo 6 del borrador cuando alude a las funciones del Consell de Govern: "Acordar con carácter excepcional, con la justificación previa del interés público, la continuación del procedimiento de otorgamiento de derechos mineros en caso de que haya informes preceptivos desfavorables, con las condiciones que considere adecuadas". De este modo, el Ejecutivo autonómico deja la consideración del carácter excepcional bajo criterio político.

La centralización de las decisiones en este campo se hace evidente también cuando se esbozan las funciones de la Conselleria de Economía y Competitividad, a la postre el organismo competente en materia de minas. Dice textualmente: "Promover y planificar la actividad minera elaborando y gestionando los planes sectoriales de actividades extractivas de Balears y los demás planes que sean necesarios para alcanzar un desarrollo sostenible de esta actividad". Este artículo chocaría con la Ley 2/2001 de atribución de competencias a los consells en materia de ordenación del territorio, a través de la cual se reconoce la potestad de las instituciones insulares para elaborar y aprobar los respectivos planes directores sectoriales de canteras. Sin ir más lejos, en Menorca se iniciaron en su día los trabajos para disponer de un instrumento de regulación en este campo, aunque nunca llegó a ver la luz.

La tramitación de la futura ley se encuentra todavía en un estadio muy inicial, por lo que el contenido puede sufrir cambios. Según el calendario dado a conocer por el conseller Joaquín García, las instituciones, agentes sociales y económicos podrán hacer sus aportaciones hasta el 1 de octubre, momento en el que se iniciará el proceso administrativo que culminará en el Parlament.