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La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Baleares ha dictado sentencia en la que ha desestimado el recurso de la Administración Central del Estado contra la decisión del ayuntamiento de Alaior de pagar la parte proporcional de la paga de 2012.

Los magistrados del TSJB ha declarado "conforme a derecho" la resolución recurrida por la abogadía del Estado y ha confirmado la legalidad del acuerdo municipal.

La Administración General del Estado había solicitado la revocación de la decisión municipal con condena al Ayuntamiento, pero estas peticiones no han prosperado.

El ayuntamiento de Alaior -con equipo de gobierno del PP- decidió pagar en diciembre de 2012 la parte proporcional de la paga extra hasta el día 15 de julio de aquel año, cuando entró en vigor el Real Decreto Ley que suprimió la paga extra de Navidad a los funcionarios y empleados públicos.

El acuerdo municipal se había sustentando en que "la paga extraordinaria es una manifestación del salario diferido, devengándose día a día", por lo que el ayuntamiento decidió pagar a sus empleados la parte proporcional de paga extraordinaria del mes de diciembre de 2012, en concreto la correspondiente a los días anteriores al 15 de julio.

La Administración General del Estado requirió al Ayuntamiento para que anulase este acuerdo, pero al no hacerlo, interpuso contencioso al considerar que había incumplido el Real Decreto Ley 20/2012, "ya que no se limitó a congelar el haber de los empleados públicos, sino que dispuso una reducción efectiva para la nómina de diciembre de 2012".

El Tribunal Superior de Justicia de Baleares ha avalado la decisión municipal porque con independencia de que "la paga extraordinaria vence en un determinado mes del año, se devenga día a día, el Real Decreto Ley 20/2012 ni tiene ni podía tener efecto retroativo; y porque la supresión se extiende -y limita- a la devengada a partir del 15 de julio de 2012".

La alcaldesa de Alaior, Misericordia Sugrañes, ha manifestado su satisfacción por la sentencia de la Sala de lo Contencioso del TSJB que ha ratificado el acuerdo municipal.