El parque de Biniancolla se inauguró en 2015 después que el Consell le diera la declaración de interés general. | Gemma Andreu

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La sección de casación de la sala contencioso administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Balears ha rechazado el recurso de queja interpuesto por el Ayuntamiento de Sant Lluís contra la sentencia de la misma sala del TSJB, de septiembre del año pasado, que desestimaba el recurso de casación en relación al parque acuático de Biniancolla.

Estos dos recursos y el elevado al Supremo, a los que se suman el Consell y la promotora de la instalación, trataban de modificar las dos sentencias que anularon el interés general concedido por el Consell para la construcción del parque acuático. El equipo de gobierno del Ayuntamiento de Sant Lluís informarará al resto de la Corporación sobre la resolución de este recurso de queja en el pleno de hoy, contra el que ya no cabe otro recurso.

Tanto los recursos al TSJB como al Supremo fueron desestimados al entender que la sentencia no era recurrible en relación a la controversia sobre la interpretación y aplicación del derecho autonómico. En la sentencia del recurso de queja, el tribunal argumenta que lo desestima y tiene por correctamente denegada la preparación del recurso de casación por infracción del Derecho autonómico.

Las dos instituciones y la promotora del parque intentan eludir la ejecución de la sentencia que daba la razón al demandante, Delfines Centre Sport SL. El parque fue inaugurado en 2015 después de que el Consell concediera la declaración de interés general al proyecto que, supuestamente, contribuía a la desestacionalización, y estaba previsto construir sobre unos terrenos rústicos catalogados como Área Natural de Interés Territorial. Una primera sentencia en 2018, y el TSJB en 2019 dieron la razón al demandante.

Desestimados los sucesivos recursos a los altos tribunales, las acciones judiciales a las que aún pueden apelar las instituciones y la promotora tendrían como destino el Tribunal Constitucional, antes de que se determinara, en caso de una nueva desestimación, cómo se ejecuta la sentencia original, es decir, si hay que demoler la instalación acuática y qué indemnizaciones habría que afrontar a quienes resultaran perjudicados.