Sant Lluís estrena nueva ordenanza municipal de convivencia cívica | R.L.

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Escuchar música a todo volumen en el coche y tener la puerta abierta o las ventanillas bajadas, así como ensuciar el espacio público al efectuar necesidades fisiológicas o escupir, son algunas de las infracciones sancionables que contempla la nueva ordenanza municipal de convivencia cívica que el pleno municipal de Sant Lluís ha aprobado inicialmente en la última sesión ordinaria. Para que entre en vigor, falta que pase el periodo de exposición pública, recoja las propuestas de los ciudadanos, sea aprobada definitivamente y aparezca publicada íntegramente en el Boletín Oficial de Balears. Aun así, el texto ya deja entrever cuál es el objetivo que persigue: regular la actividad de las personas en el espacio público comprendido en el término municipal de Sant Lluís, incluidas las personas menores de edad, para evitar comportamientos incívicos en perjuicio de la ciudadanía.

«Es una herramienta muy necesaria e imprescindible para que la policía pueda tener argumentos y actuar frente a conductas prohibidas que, sin embargo, no están contempladas en ninguna otra ordenanza», ha defendido el concejal Joan Pons durante el pleno municipal. En la elaboración del texto han participado, precisamente, miembros de la policía, según ha informado Pons, que frente a las críticas del PP sobre la «saturación de normas nuevas y repetición de normas existentes» ha insistido en que «es una ordenanza complementaria y más amplia».

Casuísticas y sanciones

El reglamento incluye dos apartados, uno de ellos referido a la conducta ciudadana. En este se diferencian actuaciones que afectan al orden público (ruidos, uso del espacio común, actividades sexuales, limpieza...); a la seguridad y comodidad (incendios, empleo del mobiliario urbano...) y al manejo de material pirotécnico. En el otro apartado se menciona la protección del medio ambiente. En suma, la ordenanza viene a «solventar muchos huecos que había en otras normativas y por ende resolver situaciones que quedaban desamparadas», según ha defendido la alcaldesa de Sant Lluís, Carol Marqués.

Al definir prohibiciones e infracciones, el texto también contempla un régimen sancionador. Define casos leves (con multas de entre 200 y 500 euros), graves (con sanciones económicas que ascienden a los 1.500 euros) y muy graves (con la obligación de pagar hasta 3.000 euros) que podrían variar en función de la existencia de agravantes y reincidencias o, por el contrario, atenuantes. En caso de sanciones pecuniarias impuestas por haber cometido infracciones tipificadas como leves o graves, el Ayuntamiento podría sustituir aquellas por la realización de trabajos en beneficio de la comunidad sin que ello afecte a la indemnización que deberán pagar los infractores por los posibles daños causados.

Serán responsables directos, detalla la ordenanza aprobada inicialmente, las personas que hayan cometido el quebrantamiento de la normativa; aunque si se trata de menores de edad, se notificará la actuación al Juzgado de Menores y a los Servicios Sociales municipales y se exigirán responsabilidades a los progenitores o tutores.

Las claves

Ruidos

Para evitar la contaminación acústica quedará prohibido promover en la vía pública ruidos, voces, escándalos y sonidos reiterados producidos por animales domésticos. Tener encendido el equipo musical a un volumen elevado en el coche también será sancionable.

Espacios de juego

En los parques infantiles se deberá garantizar la educación, el respeto y el civismo, así como la rotación de los menores en el uso de las instalaciones. En zonas compartidas por usuarios de diferentes edades, deberán evitarse los balonazos y las carreras rápidas.

Mendicidad

Se considerará infracción realizar cualquier tipo de campaña de ayuda o limosna en la vía pública y la playa si no se dispone con anterioridad de una autorización municipal. No se permitirá ofrecer bienes o servicios a usuarios de vehículos que estén detenidos.

Actividades sexuales

Quedarán prohibidos los servicios sexuales mediante el ofrecimiento, la solicitud, la negociación y la aceptación en el espacio público. También el exhibicionismo, la proposición o provocación de carácter sexual, así como la realización de actos en zonas comunes.

Bebidas alcohólicas

No se permitirá la venta ambulante de bebidas alcohólicas si no está específicamente autorizada. Tampoco el consumo en áreas públicas, incluidas las playas, y en el interior de vehículos estacionados en zonas públicas. Se aplicará la sanción máxima en caso de botellones.

Limpieza general

Satisfacer necesidades fisiológicas y escupir en las zonas públicas quedará prohibido. También pintar o grafitear espacios comunes. Quien incumpla este artículo, será objeto de denuncia y sanción y deberá hacerse cargo de la reparación de los daños causados.

Fuegos e incendios

Quedará prohibido efectuar barbacoas o fuegos en los espacios públicos, incluidas las playas, sin autorización. En caso de detectar un incendio urbano o forestal, la persona tendrá la obligación de avisar al 112 y de intentar apagarlo si está empezando.

Material pirotécnico

Disparar armas de salva, lanzar cohetes, petardos, tracas, bolas explosivas, castillos de fuegos artificiales y otros similares sin previo permiso del Ayuntamiento y sin disponer del seguro de responsabilidad civil correspondiente quedará expresamente prohibido.

Mobiliario urbano

Serán sancionadas las personas que estropeen, maltraten o hagan un uso indebido de alguna instalación municipal o del mobiliario urbano, teniendo que abonar el coste de la reparación. No se permitirá atar en el mobiliario urbano y los árboles cualquier tipo de vehículo.

Vehículos vivienda

En las zonas de uso de vehículos vivienda deberá cumplirse la estancia máxima de 48 horas en julio y agosto y de 72 horas el resto del año. Los usuarios podrán sacar mobiliario siempre y cuando no sobrepase el espacio delimitado y sea retirado por la noche.