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Efectivos de Autoritat Portuària tuvieron que intervenir el sábado cuando un hombre se encontraba practicando kite surf en el puerto de Maó. La Normativa Vigente prohibe cualquier tipo de actividad de este tipo en la rada mahonesa sin previa autorización por lo que los agentes informaron al hombre de la falta y le obligaron a que dejara de hacerlo.

Según recoge la normativa de Autoritat Portuària "se pueden llevar a cabo actividades lúdicas y deportivas en este tipo de zonas, como en el caso de regatas, siempre que cuenten con autorización previa", explican desde la entidad. Así mismo, Capitanía Marítima publicó un edicto el 24 de abril de 2002 que advierte que "una serie de aspectos que por seguridad todas las actividades náuticas deben tener en cuenta y que, entre otras cosas, prohibe este tipo de actividades a menos de 500 metros de la costa así como cerca de una zona con mástiles".

Unos viandantes que pasaban por la zona de Cala Figuera avisaron a los efectivos de la Policía Local, que se desplazaron hasta el lugar y pasaron el aviso a los agentes de la Autoritat Portuària, que se acercaron con una lancha al hombre que practicaba kite surf y al acompañante que le seguía en otra lancha.