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La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Balears ha condenado a un hombre, de nacionalidad boliviana y residente en Maó durante los hechos, a 18 años y medio de cárcel por abusar sexualmente a dos menores de 13 años, con “prevalimiento y agravados por ser el padrastro de las víctimas, ejecutados con introducción y en grado de continuidad delictiva”.

Asimismo, la sentencia le prohíbe comunicarse con las víctimas, por cualquier medio o procedimiento, así como aproximarse a ellas, tanto a su domicilio, lugar de trabajo y sitios que frecuenten, a una distancia no inferior a 100 metros durante 9 años y medio a una de las víctimas; y a 11 años respecto de la otra. Además, el tribunal le impone que indemnice a las víctimas con un total de 12.000 euros en concepto de responsabilidad civil.

La investigación se inició tras la denuncia presentada por una de las menores en febrero de 2018, relatando que fue objeto de abusos. cuando ella y su hermana convivían con el que en aquel momento la pareja sentimental de su madre. Posteriormente, la otra menor también denunció que había sufrido abusos sexuales por parte del condenado.

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Los episodios de abusos se cometieron entre 2010 y septiembre de 2013, cuando las dos niñas se fueron a vivir a Bolivia. El acusado fue detenido por estos hechos en febrero de 2018. En el juicio, que se celebró en Maó a mediados del pasado mes de febrero, las víctimas ratificaron las denuncias, mientras que el presunto agresor negó los hechos, dijo que las estimaba y que fue una venganza de su madre.

Los peritos que intervinieron en la vista oral se manifestaron "absolutamente a favor" de la credibilidad de las menores. "No vieron en ellas motivos de fabulación y consideraron que su relato histórico era congruente", recalcan los magistrados. Además, los psicólogos diagnosticaron secuelas a una de las menores por la experiencia vivida, y una afectación psíquica menor en la otra. Además, una testigo relató que el acusado le había dicho que estaba enamorado de una de las menores y que mantenía una relación sexual con ella.

En la resolución, la Sala considera probados los hechos que explicaron las dos víctimas durante sus declaraciones en el juicio oral. La sentencia no es firme y cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears.