La consultora acusada declaró por videoconferencia. | M. J.U.

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Una gestora de Maó, de 54 años de edad, fue condenada este martes a seis meses de prisión como responsable de un delito de estafa a un matrimonio que había solicitado sus servicios durante el año 2018 en la consultoría que poseía en la misma ciudad.

La mujer, que declaró por videoconferencia, aceptó la conformidad pactada por el fiscal y su abogado y la ejecución de la pena quedó suspendida siempre que no vuelva a delinquir en el plazo de dos años, según le advirtió el magistrado-juez, Antonio Fernández-Montells. Pese a que la mujer posee antecedentes, indicó el fiscal, estos no guardan relación con los hechos que se juzgaban lo que le permite eludir su ingreso en prisión.

En las conversaciones previas a la vista el fiscal decidió retirar la acusación de falsedad documental que también pesaba sobre ella por falta de pruebas ya que no se había adjuntado el contrato entre las partes. Así la condena se redujo de los dos años y medio de prisión que se pedían en un principio, a seis meses. Además la consultora deberá indemnizar a la pareja con 500 euros, una cantidad mínima en comparación con los 5.300 euros que se pedían en un principio.

Según el Ministerio Fiscal, en su escrito de acusación, la gestora instó a un matrimonio, en el que la mujer era extranjera, a crear una empresa ficticia para que esta pudiera obtener la residencia en España cuanto antes por la situación excepcional de arraigo, a sabiendas de la ilegalidad que cometía. Para ello elaboró un contrato ficticio en el que el hombre contrataba a su mujer, sin que nunca diera de alta en la Seguridad Social a esta supuesta empresa.

El matrimonio acabó denunciando a la gestora porque el expediente de la mujer supuso la nulidad del alta en la Seguridad Social al percatarse la Administración Pública de la actuación fraudulenta que habría cometido la gestora sin que ellos lo supieran. Ea nulidad vino acompañada de una multa de 5.000 euros que tuvo que pagar el matrimonio.

Pese a que el fiscal reclamaba esta indemnización a la acusada, al retirarse la acusación de falsedad documental, la única responsabilidad civil que deberá abonarles será de 500 euros, es decir, la suma que pagó el matrimonio a la gestora para contratar sus servicios.