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El Plan General de Alaior, un documento de ordenación urbanística cuya elaboración requirió años y esfuerzos, ha quedado anulado con una sentencia de once páginas dictada por el Tribunal Superior de Justícia de Balears.

La controversia queda resuelta con esta contundente conclusión de la Sala de lo Contencioso-Administrativo: «la consecuencia de la omisión del informe previo y vinculante en materia de Telecomunicaciones se traduce en la nulidad de la disposición impugnada», que los magistrados subrayan con una sentencia dictada el 16 de enero de este año por el Tribunal Supremo que, a primera vista, hace prácticamente imposible que pueda prosperar un recurso de casación.

La sentencia del TSJB, cuyas consecuencias valoran ahora el Ayuntamiento de Alaior y el Consell insular, pone de manifiesto que este Plan General se aprobó en 2009 sin un informe preceptivo, por lo que tuvo un origen ilegal. Pero la deficiencia no es subsanable con la simple presentación del documento, lo que provoca la anulación de todo el PGOU, y por este motivo los magistrados no entran en el fondo de la cuestión del contencioso interpuesto por Juan de Juan y Pi.

A partir de un análisis más pormenorizado, vendrá el momento de exigir responsabilidades y explicaciones.