El Derecho Romano ("esa antigualla, construida por los patricios del Lacio para asegurar a ciertos palurdos la explotación del mundo entonces conocido", como decía Asklepios de Mégara) define la auctoritas como la legitimación socialmente reconocida que procede de cierta sabiduría y que se otorga a ciertos personajes con capacidad ética para emitir una opinión cualificada sobre una decisión, que en consecuencia tiene un valor de índole moral muy fuerte. El término es intraducible en castellano, la palabra "autoridad" apenas es una sombra del altísimo significado de la palabra latina y no digamos respecto a la praxis de la misma, puesta hoy en candelero por tantos y tantos escándalos protagonizados por mediocres sin auctoritas moral que sin embargo se arrogan invocando el derecho de haber sido votados y la pretensión demagógica de que de la misma manera que en Roma la fuente de la auctoritas era el Senado ahora lo sea el Parlamento.
El faro de Alejandría
Las ‘auctoritas’ y la ‘potestas’
16/07/10 0:00
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